Descripción

  • Referencia
    352
  • Descripción

    Habilitación, ampliación/reducción de campos de actuación y baja de organismos de control (OC) que tengan su sede, o inicien la actividad, en la Comunidad de Madrid. Se tramitarán también las solicitudes de aquellos organismos de control que deseen ser organismos notificados (ON) en normativa europea relativa a la evaluación de la conformidad de productos.

    La declaración responsable, desde el momento de su presentación, habilita al organismo de control para actuar en todo el ámbito del Estado y por tiempo indefinido. Para actuar como organismo notificado el organismo de control deberá esperar a que la Comisión Europea complete el trámite de notificación.

    Nota: Los organismos de control que accedan a la actividad en otra Comunidad Autónoma deberán ser habilitados por su autoridad competente de origen.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

Los requisitos previos para el ejercicio de la actividad se establecen en el artículo 41 del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial:

  1. Independencia, integridad profesional y con la competencia técnica.
  2. Cumplir la norma armonizada de la serie UNE EN/ISO 17020 y obtener la correspondiente acreditación la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) en el/los campo/s en que deseen actuar .
  3. Disponer de personal, procedimientos y medios necesarios para su actividad.
  4. Imparcialidad de sus máximos directivos y de su personal de evaluación.
  5. Guardar el secreto profesional.

Los organismos que sean notificados deberán cumplir además los requisitos específicos de la normativa europea de aplicación.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.

2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

3. Declaración responsable: debe incluir lo que establece el artículo 43 del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial: actividades que pretenden desempeñar, manifestar que está acreditado, cumple los requisitos exigidos y posee la documentación que así lo demuestra, y los datos necesarios para la inscripción por la autoridad competente en el Registro Integrado Industrial, etc. Se facilita modelo (ver sección «Documentación de interés»).
 

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
  3. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  4. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

 

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Documentación de interés

Modelo orientativo de declaración responsable
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Tramitación

  1. Solicitud, según sea habilitación, ampliación/reducción de campos de actuación o baja.
  2. Pago de tasas, una por campo de actuación, excepto para la comunicación de baja.
  3. En su caso, remisión de la solicitud al Ministerio competente en materia de industria y notificación a la Comisión Europea.

 Posteriormente la D.G de Promoción Económica e Industrial inscribirá de oficio al organismo de control en el Registro Integrado Industrial.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Promoción Económica e Industrial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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