Descripción
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Referencia39841
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Descripción
Documento gratuito que permite a los jóvenes residentes en la Comunidad de Madrid, disfrutar de múltiples oportunidades, ventajas y descuentos en diferentes servicios culturales, deportivos, turísticos, formativo, etc.
Se puede utilizar tanto en la Comunidad de Madrid, como en el resto del territorio nacional, así como en los 37 países europeos adheridos al Carné Joven Europeo (European Youth Card, EYCA).
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Más información
Destinatarios y/o requisitos
- Tener entre 14 y 30 años en el momento de realizar la solicitud.
- Ser residente en la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Fotocopia del DNI/ pasaporte/Tarjeta de Residencia
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación solicitud
¿Dónde se solicita?
- De forma presencial:
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En las siguientes oficinas de la Comunidad de Madrid:
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Oficina Joven Comunidad de Madrid (Distrito Moncloa): C/ Fernando el Católico nº 88, L a V de 9 a 19 horas de abril a septiembre / 9 a 14 horas de octubre a marzo.
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Oficina Joven Comunidad de Madrid (Distrito Salamanca): C/ General Díaz Porlier nº 35, L a V de 9 a 14 horas.
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- En los puntos de emisión recogidos en el siguiente enlace. Entrega en el acto
- En cualquier oficina de Caixabank de la Comunidad de Madrid se puede solicitar tanto la modalidad clásica como la modalidad financiera.
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- Electrónicamente: Recibirás en el plazo de 24-48 horas, en tu correo electrónico, la versión digital del carné joven (en wallet y pdf). Si quieres disponer de la tarjeta de plástico, puedes pasarte por cualquiera de los puntos físicos de emisión del carné que hay en la Comunidad de Madrid.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.
Información Complementaria
Características del carné:
- Personal e intransferible.
- Válido indefinidamente desde la fecha de expedición hasta que cumplas los 31 años.
- Gratuito.
- Homologado con los existentes en el resto de las Comunidades Autónomas y en los 37 países europeos adheridos al programa.
- Incluye un seguro de asistencia en viajes con cobertura internacional y entra en vigor automáticamente desde el momento que adquieres el Carné Joven.
- Todos los carnés nuevos y renovados recibirán automáticamente un mensaje de bienvenida en su correo electrónico que incluye una versión del carné para móvil en PDF y una tipo PassWallet. Ambas opciones se pueden descargar y guardar en el dispositivo para mostrar en cualquier momento.
Para más información:
- Teléfono: 91 543 74 12
- carnejovenmadrid@madrid.org
Normativa
- Orden 806 bis/2009, de 22 de julio, por la que se crea el nuevo Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 250, de 21 de octubre).
- Resolución de 21 de diciembre de 2009, de la Directora General de Juventud, por la que se habilita al Registro Telemático de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte, y Portavocía del Gobierno para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento denominado Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 9 de 12 de enero de 2010).
- Resolución de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Juventud, por la que se modifica el modelo de solicitud de alta de Carné Joven de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 60, de 12 de marzo).
- Acuerdo de 19 de junio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el catálogo de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid y se fija la cuantía de los mismos por la utilización de servicios relativos a juventud de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (BOCM nº 153, de 28 de junio)
- Corrección de errores del Acuerdo de 19 de junio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el catálogo de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid y se fija la cuantía de los mismos por la utilización de instalaciones deportivas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (BOCM nº 159, de 5 de julio).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).