Descripción
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ReferenciaA87
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Descripción
Subvenciones para fomentar la modernización de las explotaciones agrarias de la Comunidad de Madrid.
Se subvencionan las siguientes inversiones en activos físicos:
- Inversiones productivas basadas en un plan de mejora
- Inversiones para la mejora de las condiciones de las explotaciones agrarias
- Inversiones para la mejora de los sistemas de riego en explotaciones
Calendario de actuaciones
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02/01/2023Se abre el plazo para la presentación de solicitudes de pago del 1 de enero al 1 de febrero de 2023
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07/09/2022Se abre el plazo para la presentación de solicitudes de pago del 7 de septiembre al 31 de diciembre de 2022
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Nuevo plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 15/02/2022 Fecha de fin: 07/03/2022
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/01/2022 Fecha de fin: 14/02/2022
Destinatarios y/o requisitos
Destinatarios
Titulares de explotaciones agrarias de la Comunidad de Madrid que tengan la condición de agricultor activo en los términos establecidos en el Reglamento (UE) nº 1307/2013.
Requisitos
- Si eres persona física deberás haber cumplido 18 años y poseer suficiente cualificación profesional:
- Para titulares de explotación, mínimo tres años de experiencia profesional. Se pueden suplir esos tres años por formación lectiva en materias agrarias. En ese caso, se considera que sesenta horas lectivas equivalen a un año de experiencia.
- Para incorporaciones como jóvenes agricultores, únicamente se acredita con formación en materias agrarias (al menos 180 horas lectivas). Se incluyen los aspectos relativos a un adecuado comportamiento ambiental de la actividad agraria en el momento de la solicitud o el compromiso de adquirirla en el plazo máximo de 18 meses desde la fecha de notificación de la concesión de la ayuda de incorporación.
- La formación lectiva se acreditará mediante un título académico reconocido oficialmente en materia de cualificación agraria, o bien, certificados de asistencia a cursos. Estos últimos incluirán su duración y deberán sumar como mínimo 180 horas lectivas. De ellas, al menos, 50 horas serán de gestión económica de la explotación agraria y 40 relacionadas con aspectos ambientales, incluidos los de bienestar de los animales, de la explotación).
- Si eres persona jurídica deberás acreditar un mínimo de tres años de ejercicio de la actividad agraria o que el 50% de tus socios posean cualificación profesional.
- Si la explotación pertenece a una entidad sin personalidad jurídica, solo podrás ser beneficiaria de las ayudas en el caso de que exista un pacto de indivisión por un período mínimo de cinco años a partir de la fecha de presentación de la solicitud. En este caso, al menos uno de los asociados debe cumplir los requisitos exigidos a las personas físicas.
- Demostrar solvencia económica suficiente.
- No podrás presentar dos solicitudes de modernización simultáneamente.
- Deberás estar al corriente de tus obligaciones con la Seguridad Social, no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas, ni figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.
- No podrás obtener la condición de beneficiarios si eres una entidad en la que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No podrás haber sido declarado excluido de la obtención de ayudas del mismo tipo de operación del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (2014-2020.
- En ningún caso se tendrán por cumplidos estos requisitos cuando se hayan creado artificialmente al objeto de obtener la ayuda.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Título académico de la rama agraria
- Diploma de capataz de especialidad agraria de al menos primer grado.
- Certificado de asistencia a curso de incorporación a la empresa agraria
- Certificados de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias
- Informe de la Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social
- Documento de constitución en el que consten todas las cuotas de participación
- Pacto de indivisión por un período de 5 años a partir de la fecha del pago final al beneficiario.
- Listado actualizado del número de socios
- Escrituras de constitución
- Certificado de la AEAT en el que se indique que se ejerce la actividad agraria
- Certificado actualizado del registro de la persona jurídica que le corresponda
- Certificado del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se solicitan
- Título académico de la rama agraria
- Diploma de capataz de especialidad agraria de al menos primer grado.
- Certificado de asistencia a curso de incorporación a la empresa agraria
- Certificados de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias
- Informe de la Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social
- Plan empresarial
- Último recibo del IAE cuando les sea exigible.
- Acreditación del pago de la tasa
- En el caso de inversiones en edificaciones nuevas u obras de ampliación, reforma y rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios o cuando el coste sea superior a 50.000€: Proyecto visado
- En caso de inversiones que consistieran en construcciones, edificaciones o instalaciones en suelo no urbanizable de protección (SNU) o suelo urbanizable no sectorizado: Resolución de calificación urbanística.
- Resolución de calificación urbanística
- Licencia urbanística municipal
- En caso de inversiones vinculadas al regadío: Acreditación de la concesión de agua
- En su caso, Evaluación de impacto ambiental
- Otras autorizaciones, licencias o concesiones necesarias para que la obra se ejecute conforme a la estricta legalidad.
- Presupuesto detallado del plan empresarial o Facturas pro-forma.
- Compromiso de la entidad financiera de concesión de préstamo o acreditación de la disponibilidad de fondos para realizar las inversiones.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo XI)
- Plano de situación de las parcelas objeto de modernización
- Certificado de tasador independiente
- Acreditación de la disponibilidad de la base territorial
- Informe de Vida Laboral.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- NIF/NIE de todos los comuneros
- NIF/NIE del representante
- NIF de la persona jurídica
- NIF/NIE del representante
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando les sea exigible.
- Para acreditar la experiencia profesional: 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año) o cualquier otra documentación que acredite el ejercicio de la actividad agraria durante 3 años. Indicar qué documento:
- Para acreditar que un solicitante es Agricultor Profesional: Último IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año). Indicar qué ejercicios.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
Pago de tasas
Accede al servicio a través de este enlace y busca la tasa denominada:
- “3379 - INSPECC. INVERSIONES INDUST. AGROALIM., AGRIC. GANADERAS - MEDIO AMBIENTE. Inspección previa ayudas inversiones indus. agroalimen., agrícolas, ganaderas”.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Documentación de interés
Tramitación
Pago de tasas
Consulta las indicaciones de la Guía de Administración electrónica sobre el pago de tasas aquí. Accede al servicio y busca la tasa denominada “3379 - INSPECC. INVERSIONES INDUST. AGROALIM., AGRIC. GANADERAS - MEDIO AMBIENTE. Inspección previa ayudas inversiones indus. agroalimen., agrícolas, ganaderas”.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Orden 2735/2022, de 6 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se amplía en 1.000.000 de euros la cuantía del crédito presupuestario consignado en la Orden 2903/2021, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado (BOCM nº 214, de 8 de septiembre)
- Extracto de la Orden 241/2022, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Orden 2903/2021, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura por la que se convocan para el año 2022 las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado (BOCM nº 37, de 14 de febrero)
- Extracto de la Orden 2903/2021, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado (BOCM nº 9, de 12 de enero de 2022)
- Orden 453/2019, de 4 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado (BOCM nº 253, de 24 de octubre)
Órgano Responsable
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28 abril 2022- 25 noviembre 2021
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).