• Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 25/07/2023 Fecha de fin: 24/08/2023
  • En plazo

    • Fecha de inicio: 25/07/2023 Fecha de fin: 24/08/2023

    Tramitar

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A410
  • Descripción

    Ayudas para realizar inversiones en las explotaciones agrarias de la Comunidad de Madrid con el objeto de fomentar su modernización y contribuir a su adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales, bienestar animal y mejora de la biodiversidad.

    Se distinguen los siguientes tipos de intervenciones:

    1. Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal.
    2. Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias.
    3. Ayudas a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

  1. Personas físicas.
  2. Personas jurídicas.
  3. Entidades sin personalidad jurídica.

En todo caso, para la intervención 6841.1 (Inversiones para la mejora del medio ambiente) deberás ser titular de explotación agraria de la Comunidad de Madrid y para la intervención 6841.2 (Inversiones en modernización) deberás ser agricultor, cooperativa o SAT.

Requisitos

  1. Para la intervención 6841.1 (Inversiones para la mejora del medio ambiente):
    1. Debes ser titular de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid inscrita a tu nombre.
    2. Si eres persona física o una agrupación de personas físicas deberás ser mayor de 18 años, acreditar el ejercicio de la actividad agraria al menos durante tres años anteriores a la solicitud.
    3. Si eres una entidad sin personalidad jurídica, deberás tener un pacto de indivisión por un período mínimo de cinco años y, al menos, uno de los asociados debe cumplir los requisitos exigidos a las personas físicas.
    4. Si eres persona jurídica deberás acreditar un mínimo de tres años de ejercicio de la actividad agraria o que al menos, el 50 % de vuestros socios tienen o cualificación profesional (si son personas físicas) o acreditan un mínimo de tres años de ejercicio de la actividad agraria (si son personas jurídicas)
  2. Para la intervención 6841.2 (Inversiones en modernización):
    1. Debes ser titular de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid inscrita a tu nombre, excepto en el caso de cooperativas y jóvenes que se vayan a instalar.
    2. Si eres persona física o una agrupación de personas físicas deberás ser mayor de 18 años, acreditar el ejercicio de la actividad agraria al menos durante tres años anteriores a la solicitud.
    3. Si eres una entidad sin personalidad jurídica, deberás tener un pacto de indivisión por un período mínimo de cinco años y, al menos, uno de los asociados debe cumplir los requisitos exigidos a las personas físicas.
    4. Si eres persona jurídica deberás acreditar un mínimo de tres años de ejercicio de la actividad agraria o que al menos, el 50 % de vuestros socios tienen o cualificación profesional (si son personas físicas) o acreditan un mínimo de tres años de ejercicio de la actividad agraria (si son personas jurídicas) y tu actividad principal debe ser la agraria.
    5. Si eres una cooperativa agraria de la Comunidad de Madrid, tienes que acreditar un mínimo de tres años de antigüedad y realizar sus inversiones en la Comunidad de Madrid.
    6. Si eres un joven que te estás incorporando a la agricultura tienes que tener más de 18 años y no cumplir más de 40 años en el año de la solicitud, disponer de al menos, el 50% de la formación necesaria y el compromiso de completarla en el plazo máximo de 36 meses, contar con la base territorial necesaria para la explotación prevista, los medios de producción necesarios, no estar o haber estado dado de alta en la Seguridad Social en el epígrafe correspondiente a una actividad agraria con anterioridad al 1 de enero del año anterior al de la convocatoria y no haber tenido ingresos agrarios superiores a 8.000 € en cualquiera de los últimos tres años.
  3. Para la intervención 6844 (Ayudas a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad) debes ser:
    1. titular o cotitular de una explotación agrícola y/o ganadera en la Comunidad de Madrid, o
    2. una entidad sin ánimo de lucro de carácter privado, que impulse iniciativas de conservación de la naturaleza a través de acuerdos de custodia del territorio con titulares de explotaciones agrarias.
  4. Para todas las intervenciones:
    1. Deberás estar al corriente de tus obligaciones con la Seguridad Social, no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas, ni figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.
    2. No podrás obtener la condición de beneficiarios si eres una entidad en la que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones. .
    3. Si tu subvención es de un importe superior a 30.000 euros y estás incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, no podrás incumplir los plazos de pago dispuestos.
    4. No podrás incurrir en las prohibiciones contenidas en la normativa de subvenciones 
    5. No podrás haber sido declarado excluido de la obtención de ayudas de la misma intervención del PEPAC de la Comunidad de Madrid 2023-2027.
    6. Si tu ayuda es para inversiones en bienes inmuebles deberás realizar el pago de la tasa por inspección previa.
    7. En ningún caso se tendrán por cumplidos estos requisitos cuando se hayan creado artificialmente al objeto de obtener la ayuda.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF/NIE del solicitante.
  2. NIF de la persona jurídica .
  3. NIF/NIE de todos los comuneros.
  4. NIF/NIE del representante.
  5. Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible (sólo Intervención 6844).
  6. Certificado de inscripción en el Registro del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid (CAEM).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT).
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando les sea exigible.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para consultas relacionadas con este trámite, dispones del correo electrónico: ayudas_agrarias@madrid.org

Documentación de interés

Costes de referencia (Anexo II)
Descargar
259.19 KB
Plan empresarial. Estructura y contenido mínimo (Anexo III)
Descargar
238.28 KB
Tipificación de los incumplimientos (Anexo IX)
Descargar
67.3 KB
Índice de mecanización (Anexo X)
Descargar
278.17 KB
Ficha de criterios de selección de la Intervención 6841.1
Descargar
172.51 KB
Ficha de criterios de selección de la Intervención 6841.2
Descargar
139.23 KB
Preguntas Frecuentes
Descargar
417.15 KB
Instrucción relativa a la definición de zonas con determinadas figuras de protección medioambiental
Descargar
232.68 KB
Definición del “coste de referencia en hileradores y del radio de rotor"
Descargar
355.01 KB
Nota interpretativa relativa a las actividades de información y comunicación
Descargar
762.04 KB
Modelo de placa de publicidad
Descargar
2.68 MB

Tramitación

Para el estudio de los expedientes se podrá requerir información o documentación complementaria que se considere necesaria.

Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, no aportara la totalidad de la documentación exigida, o existieran defectos en la documentación aportada, se requerirá al interesado para subsane los defectos a aporte la documentación. 

Si en un plazo de diez días no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa. 

Una vez estudiado el expediente los técnicos de la Dirección General competente emitirán un informe acerca de la valoración técnica de la inversión y lo remitirán al Comité Técnico de Evaluación. 

Dicho Comité procederá a valorar las solicitudes presentadas y el Director General elevará una propuesta de aprobación o denegación de las ayudas al titular de la Consejería competente en materia de agricultura, quien resolverá mediante Orden motivada.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 60/2023, de 12 de julio , de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en explotaciones agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado y se aprueban las convocatorias para el año 2023 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigaciónadaptación al cambio climático y uso eficiente de los recursos naturales y de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación

Convocatorias anteriores

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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