Descripción

  • Referencia
    38891
  • Descripción

    Obtención de autorización para llevar a cabo las obras / instalaciones / actividades en el Suelo Urbanizable No Sectorizado de la Comunidad de Madrid, recogidas en el artículo 27 de la Ley 9/2001.

Requisitos

  1. Que el suelo en el que se pretende llevar a cabo la actuación este calificado como Suelo Urbanizable No Sectorizado (o Suelo No Urbanizable Común).
  2. Que se trate de una de las actividades contempladas en el artículo 27 de la Ley 9/2001.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

En caso de solicitarse documentación complementaria, esta se presentará directamente en el Registro General de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura. C/ Alcalá, 16. Madrid 28014.

Tramitación

  • Presentación de la documentación requerida ante el Registro General de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
  • Elaboración de informe por el Técnico Urbanístico de la Dirección General de Urbanismo.
  • Audiencia al interesado en caso de que el informe técnico sea desfavorable, al objeto de subsanar, en su caso, deficiencias.
  • Sometimiento del proyecto a información pública por plazo de un mes y remisión del proyecto y del informe urbanístico realizado a los distintos organismos que se pudieran ver afectados por la actuación. En todo caso se solicitara informe a: D.G. del Medio Ambiente y D.G. de Patrimonio Histórico.
  • Recibidos los informes sectoriales solicitados y en caso de que en ellos se recojan condiciones, se dará traslado de los mismos al interesado al objeto de cumplimentarlas.
  • Recibidos los informes sectoriales solicitados si estos resultan favorables procede que el Director General de Urbanismo resuelva sobre el interés general del proyecto.
  • Aprobación del Proyecto de Actuación Especial por Acuerdo de la Comisión de Urbanismo, que incorporará en su caso la Declaración de Impacto Ambiental.
  • Comunicación de la Resolución al Ayuntamiento correspondiente y al interesado.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Urbanismo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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