Descripción
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Referencia2394
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Descripción
Autorización que habilita a su titular para realizar transporte regular interurbano de grupos homogéneos y específicos de usuarios -escolares, estudiantes, trabajadores y usuarios de centros y servicios en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
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TasaRequiere el pago de tasas
Requisitos
Todas aquellas personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros que cumplan los requisitos específicos establecidos para este tipo de transporte y que se detallan en la sección Documentación de Interés.
Los vehículos con capacidad superior a nueve plazas, incluida la del conductor, que vayan a realizar transporte escolar interurbano deberán obtener previamente la habilitación específica para el transporte escolar, cuyo otorgamiento corresponde a la Dirección General de Transporte y Movilidad de la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
La fecha de apertura del período de presentación de solicitudes de autorizaciones de transporte escolar y de estudiantes es el 1 de julio del año corriente.
Las autorizaciones de transporte regular de uso especial deben ser visadas anualmente en las siguientes fechas:
- Autorizaciones de transporte escolar y de estudiantes: desde el 1 de julio hasta el inicio del correspondiente curso escolar.
- Autorizaciones de transporte de trabajadores y otras: al menos con un mes de antelación a la fecha en la que se cumpla un año de su otorgamiento o última renovación.
Para más información pueden contactar con este organismo en el teléfono 91 580 28 09 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
El solicitante deberá proceder al pago de la tasa correspondiente con carácter previo a la cumplimentación de la solicitud, que encontrará en el apartado “Tramitar” -una tasa por ruta solicitada-.
- Presentación electrónica de la solicitud de la autorización o modificación de aquella que ya posee el interesado.
La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario que aparece en el enlace “Tramitar” del apartado “Gestión”.
Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en cada caso, sean requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.
Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o información original.
Una vez registrada la solicitud podrá consultar el estado de tramitación de su expediente a través de Situación de mis expedientes.
- Proceso de evaluación de la solicitud: Estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros electrónicos.
- Proceso de subsanación: En el caso de que la información no sea completa se realizará un requerimiento de subsanación a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles mediante la aportación de la documentación indicada a través de Situación de mis expedientes.
- Resolución del procedimiento, con expedición en su caso, de la autorización de transporte regular de uso especial.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Normativa
- Resolución de 8 de octubre de 2020, de la Dirección General de Transportes y Movilidad, por la que se interpreta el artículo 4.1.e) de la Orden de 5 de junio de 2001, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se regula la habilitación de los vehículos y los requisitos de otorgamiento y visado de las autorizaciones de transporte regular de uso especial (BOCM nº 251, de 15 de octubre).
- Resolución de 4 de octubre de 2018, del Director General de Transportes, por la que se publica el modelo de solicitud del procedimiento denominado “Solicitud de Autorización de Transporte Público Regular de Uso Especial” (BOCM nº 248, de 17 de octubre)
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) (BOE-A-1987-17803).
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).
- Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el Transporte escolar y de menores.
- Orden de 5 de junio de 2001, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se regula la habilitación de vehículos para el transporte escolar y los requisitos de otorgamiento y visado de las autorizaciones de transporte regular de uso especial (BOCM nº 150, de 26 de junio).
- Orden de 16 de agosto de 2001, de corrección de errores de la Orden de 5 de junio de 2001 (BOCM nº 200, de 23 de agosto).
- Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes (BOCM nº 5, de 7 de enero de 2010).
- Resolución de 7 de septiembre de 2010, de corrección de errores de la Resolución de 9 de diciembre de 2009. (BOCM de 13 de octubre de 2010) (BOCM nº 200, de 23 de agosto).
- Circular de la Dirección General de Transportes por la que se dan las instrucciones para la expedición de las habilitaciones para la realización de transporte escolar así como para el otorgamiento y visado de autorizaciones de transporte regular de uso especial.
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).