Descripción
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ReferenciaL19
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Descripción
Depósito en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid del plan de actuación de cada ejercicio económico presentado por las Fundaciones adscritas al Protectorado de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, una vez comprobada su adecuación formal a la normativa vigente por el Protectorado de Fundaciones.
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Más información
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación solicitud
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.
Documentación de interés
Tramitación
El Patronato aprobará y remitirá al Protectorado el plan de actuación de cada ejercicio económico en los últimos tres meses del ejercicio anterior.
El órgano responsable de examinar el plan de actuación es el Protectorado de Fundaciones, que realiza sus funciones a través de la Subdirección General de Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. El análisis del plan de actuación consiste en verificar su adecuación formal a la normativa vigente.
El Protectorado informará dicha solicitud en el plazo máximo de tres meses; transcurrido dicho plazo la documentación se entenderá depositada en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid. Este plazo quedará suspendido por el tiempo que medie entre la notificación del requirimiento de subsanación de la documentación presentada, formulado por el Protectorado, y su efectivo cumplimiento por la Fundación, al amparo de lo previso en el artículo 22.1 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El procedimiento se inicia cuando la Fundación presenta su plan de actuación, de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.
El procedimiento finaliza con la Resolución que emite el Protectorado ordenando, en su caso, el depósito del plan de actuación en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, o por el transcurso de tres meses desde la presentación de la solicitud sin pronunciamiento expreso de Protectorado.
Normativa
- Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
- Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.
- Decreto 20/2002, de 24 de enero, por el que se regula el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid (BOCM de 14 de febrero de 2002. Corrección de errores: BOCM de 28 de febrero de 2002)
- Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo del plan de actuación de las entidades sin fines de lucro (BOE nº 283, de 24 de noviembre).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).