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Pasos para presentar la solicitud

Aviso importante

Para hacer la solicitud electrónica, el solicitante debe identificarse con el certificado electrónico del padre, madre, tutor o acogedor, en ningún caso con el certificado electrónico del alumno, salvo que este sea mayor de edad.

 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa el botón CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica o presencial en los lugares habilitados para ello.

Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
  • consultar su estado de tramitación.

Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Finalizada la instrucción del procedimiento, se elaborarán las listas en las que figuren las solicitudes que se han presentado y, en su caso, aquellas que resultan excluidas con indicación de la causa de exclusión.
La publicación de las listas se anunciará en el calendario de actuaciones de este trámite. Se incluirá el enlace a la consulta detallada de la situación de las solicitudes que figuren en las listas. Si se consignó el teléfono móvil y/o correo electrónico, recibirá un mensaje con un código que podrá utilizar para acceder. Complementariamente a dicha publicación, los interesados podrán informarse del resultado de su solicitud en las Direcciones de Área Territorial y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería competente en materia de educación.

Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de las listas para subsanar la solicitud y/o documentación. Transcurrido el plazo sin que así se hiciera, se considerará que el solicitante desiste de su petición.

Finalizado el plazo de subsanaciones, la Comisión de valoración procederá a baremar las solicitudes y elevará, al titular de la Consejería competente en materia de educación, la propuesta de resolución. A tal fin fijará, en su caso, la renta de corte para obtener la beca, determinando los beneficiarios, los no beneficiarios y los excluidos, indicando, en este último caso, la causa o causas de exclusión.

Documentos anexos a la solicitud

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Cuatro meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 792/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de grado superior en la Comunidad de Madrid.

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Preguntas frecuentes
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Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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