Información y documentación
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas que se encuentran en alguno de estos casos:
- Han recibido una resolución relacionada con pensiones no contributivas.
- Han presentado una solicitud relacionada con pensiones no contributivas y no han recibido respuesta dentro del plazo máximo de resolución establecido.
Requisitos
- Presentar la reclamación en el plazo máximo de 30 días hábiles desde:
- El día siguiente a la recepción de la resolución.
- El día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución establecido.
- Indicar en la solicitud una breve exposición de los hechos que motivan a reclamación.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Documentos que consideres necesarios para justificar la reclamación.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas (BOCM nº 69, de 21 de marzo).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Servicios Sociales e Integración
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la reclamación, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez completa la información, el órgano responsable resolverá la reclamación y la notificará a la persona interesada.
Plazos y efectos del silencio administrativo
45 días hábiles
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar una demanda ante la vía jurisdiccional social en los siguientes plazos:
- 30 días hábiles desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- 30 días hábiles a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Contacto y ayuda
Contacto
Subdirección General de Prestaciones Económicas Sociales
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud