Descripción

  • Referencia
    91177
  • Descripción

    Subvenciones para revitalizar la innovación y transferencia tecnológica, a partir de un mejor aprovechamiento de la actividad de las numerosas entidades de enlace de innovación tecnológica de la Comunidad de Madrid, apoyándolos en sus actividades directamente relacionadas con el tejido productivo, con el fin de multiplicar su impacto sobre la innovación tecnológica de las empresas consolidadas y la creación de nuevas empresas de base tecnológica, todo ello en los ámbitos tecnológico-productivos prioritarios en la Estrategia RIS3 de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

  1. Entidades de enlace de la innovación tecnológica. Dichas entidades son las que corresponden a estructuras o grupos organizados, constituidos por partes independientes (como empresas innovadoras de nueva creación y pequeñas, medianas y grandes empresas, así como organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, organizaciones sin ánimo de lucro y otros agentes económicos relacionados) cuyo objetivo es estimular la actividad innovadora mediante el fomento del uso compartido de instalaciones y el intercambio de conocimientos teóricos y prácticos, así como mediante la contribución efectiva a la transferencia de conocimientos, la creación de redes, la difusión de información y la colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación. 
  2. Que estén legalmente constituidas en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM, con una sede o centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
  3. Que tengan la capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para cumplir todas las obligaciones que, como beneficiario corresponden a la entidad de enlace de la innovación tecnológica.
  4. Que correspondan a alguna de las siguientes tipologías de entidades: Asociaciones, Confederaciones, Corporaciones de derecho público, Fundaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Agrupaciones, de empresas, así como de otras entidades.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentación general

  1. Escrituras de la entidad
  2. Estatutos de la entidad
  3. Documentación acreditativa del poder bastante del representante legal o apoderado único de la entidad para cumplir las obligaciones que como beneficiario corresponden a la entidad 
  4. En caso de agrupación, documentación acreditativa del poder bastante de la entidad jurídica que gestione la agrupación para cumplir las obligaciones que como beneficiario corresponden a la entidad 
  5. Acuerdos de colaboración 
  6. Otros 

Documentación del proyecto

  1. Memoria Técnica y Plan de actividades según lo indicado en el artículo 6 de las bases reguladoras que se elaborará con los modelos de ficheros electrónicos facilitados por la Comunidad de Madrid
  2. Memoria Económica y Análisis de coherencia según lo indicado en el artículo 6 de las bases reguladoras que se elaborará con los modelos de ficheros electrónicos facilitados por la Comunidad de Madrid
  3. Plan de gestión y coordinación de las actividades y de los resultados de las mismas, así como su previsible impacto según lo indicado en el artículo 6 de las bases reguladoras que se elaborará con los modelos de ficheros electrónicos facilitados por la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos. Si el interesado se opone, deberá presentar la correspondiente documentación. Marcar solo si se opone a la consulta y
aporta documento(*)

  1. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.
  2. Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  3. NIF de la entidad beneficiaria.
  4. En caso de agrupación, NIF de la entidad jurídica que gestione la agrupación
  5. En caso de agrupación, NIF de la agrupación
  6. DNI/NIF del representante legal

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Criterios de baremación

La propuesta de puntuación final se calculará mediante una media ponderada de las puntuaciones obtenidas en la evaluación técnica (70 por 100) y evaluación económica (30 por 100).

  1. La evaluación técnica de las solicitudes de los proyectos dinamizadores se realizará sobre 100 puntos, distribuidos como se indica a continuación, debiendo obtener un mínimo de 60 puntos para su selección:
  2. Calidad técnica del proyecto: hasta 40 puntos.
  3. Capacidad técnica del beneficiario: hasta 20 puntos.
  4. Efecto colaborativo: hasta 20 puntos.
  5. Resultados previsibles e impacto potencial: hasta 20 puntos.

La propuesta de evaluación económica se realizará sobre 100 puntos y se valorarán los siguientes aspectos, debiendo obtener un mínimo de 60 puntos para su selección:

  1. Plan de actuaciones previsto en el proyecto: hasta 30 puntos.
  2. Idoneidad de los medios económicos y organizativos, idoneidad y realidad de la justificación del presupuesto solicitado y el plan de financiación: hasta 30 puntos
  3. Adecuación del conjunto de las actuaciones propuestas con la situación y necesidades de los mercados, considerando las probabilidades de éxito de las medidas, de acuerdo a la situación de partida de tales mercados: hasta 20 puntos.
  4. Capacidad económica del beneficiario: hasta 20 puntos

Documentación de interés

Orden de convocatoria
Descargar
2.29 MB

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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