Última actualización: 16/05/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 06/05/2025 Fecha de fin: 05/06/2025
  • En Plazo

    • Presentación de solicitudes

      Fecha de inicio: 06/05/2025 Fecha de fin: 05/06/2025

    Tramitar

  • En tramitación

    Fecha de inicio: 06/05/2025 Fecha de fin: 05/06/2025

    Tramitar

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A753
  • Descripción

    Ayudas para realizar inversiones en las explotaciones agrarias de la Comunidad de Madrid con el objeto de fomentar su modernización y contribuir a su adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales, bienestar animal y mejora de la biodiversidad.

    Se distinguen los siguientes tipos de intervenciones:

    • Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (Intervención 6841.1).
    • Ayudas a inversiones en modernización y mejora de explotaciones agrarias (Intervención 6841.2).
    • Ayudas a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (Intervención 6844).
  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 06/05/2025 Fecha de fin: 05/06/2025

Personas destinatarias

Para la intervención 6841.1 (Inversiones para la mejora del medio ambiente) y la intervención 6841.2 (Inversiones en modernización):

  • Personas agricultoras de la Comunidad de Madrid.

Para la intervención 6844 (Inversiones no productivas): 

  • Personas agricultoras de la Comunidad de Madrid.
  • Entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, que impulsen iniciativas de conservación de la naturaleza a través de acuerdos de custodia del territorio.

Requisitos

  1. Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  2. No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
  3. No tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
  4. No figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.
  5. No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
  6. Cumplir con los plazos de pago dispuestos en caso de estar incluido en el ámbito de aplicación de la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y de solicitar un importe superior a 30.000 euros.
  7. No haber sido declarado excluido de la obtención de ayudas de la misma intervención del PEPAC de la Comunidad de Madrid 2023-2027.
  8. Pagar la tasa por inspección previa, si la ayuda es para inversiones en bienes inmuebles.
  9. Requisitos particulares para la intervención 6841.1 (Inversiones para la mejora del medio ambiente) y la intervención 6841.2 (Inversiones en modernización):
    1. Ser titular o cotitular de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid. Están exentos de esta condición los casos de joven agricultor o nuevo agricultor en proceso de instalación.
    2. Personas físicas o agrupación de personas físicas:
      1. Ser mayor de 18 años.
      2. Acreditar el ejercicio de la actividad agraria al menos durante 3 años anteriores a la solicitud.
    3. Entidades sin personalidad jurídica:
      1. Tener un pacto de indivisión por un período mínimo de 5 años.
      2. Al menos uno de los asociados debe cumplir los requisitos exigidos a las personas físicas.
    4. Personas jurídicas:
      1. Acreditar un mínimo de 3 años de ejercicio de la actividad agraria o que al menos, el 50 % de los socios tienen o cualificación profesional (si son personas físicas) o acreditan un mínimo de 3 años de ejercicio de la actividad agraria (si son personas jurídicas).
      2. Para la intervención 6841.2, además acreditar que su actividad principal sea la agraria.
    5. En el caso de jóvenes en proceso de instalación:
      1. Haber cumplido 18 años y no cumplir más de 40 años en 2025.
      2. Disponer del 100 % de la capacitación profesional.
      3. No estar o haber estado dado de alta en la Seguridad Social en el epígrafe correspondiente a una actividad agraria con anterioridad al 1 de enero de 2024.
  10. Requisitos particulares para la intervención 6844 (Ayudas a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad):
    1. Ser titular o cotitular de una explotación agrícola o ganadera en la Comunidad de Madrid. Están exentos de esta condición los casos de joven agricultor o nuevo agricultor en proceso de instalación y de las entidades de custodia del territorio.

En ningún caso se tendrán por cumplidos estos requisitos cuando se hayan creado artificialmente al objeto de obtener la ayuda.

Los requisitos deberán estar acreditados a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:  

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud. 
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago. 
  3. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar. 
  4. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Documentación de interés

Instrucción relativa a la aclaración de la dimensión de la explotación
Descargar
628.68 KB
Anexo I. Costes de referencia
Descargar
301.65 KB
Anexo II. Plan empresarial
Descargar
822.28 KB
Anexo IV. Tipificación de los incumplimientos
Descargar
67.3 KB
Anexo V. Índice de mecanización
Descargar
257.61 KB
Ficha de criterios de selección de la Intervención 6841.1
Descargar
364.74 KB
Ficha de criterios de selección de la Intervención 6841.2
Descargar
355.08 KB
Ficha de criterios de selección de la Intervención 6844
Descargar
331.2 KB
Documento de comunicación, visibilidad y transparencia del PEPAC
Descargar
907.74 KB
Modelo de placa de publicidad
Descargar
2.68 MB
Ejemplo plan empresarial 68411
Descargar
520.86 KB
Ejemplo plan empresarial 68412_1
Descargar
480.21 KB
Ejemplo plan empresarial 68412_2
Descargar
460.27 KB

Tramitación

Para el estudio de los expedientes se podrá requerir información o documentación complementaria que se considere necesaria.

Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, no aportara la totalidad de la documentación exigida, o existieran defectos en la documentación aportada, se requerirá al interesado para subsane los defectos a aporte la documentación.

Si en un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa.

Una vez estudiado el expediente los técnicos de la Dirección General competente emitirán un informe acerca de la valoración técnica de la inversión y lo remitirán al Comité Técnico.

Dicho Comité procederá a valorar las solicitudes presentadas y el Director General elevará una propuesta de aprobación o denegación de las ayudas al titular de la Consejería competente en materia de agricultura, quien resolverá mediante Orden motivada.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden Pendiente de publicación

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:

  • Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:

  • Recurso de reposición en cualquier momento.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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