Descripción
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ReferenciaA448
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Descripción
Ayudas extraordinarias de concesión directa, para compensar el incremento de costes de producción en las explotaciones agrarias afectadas por la sequía en la Comunidad de Madrid en la campaña 2022-2023.
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Más información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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07/02/2024Reconocimiento de la subvención y el pago de las solicitudes
Contra la siguiente orden puedes presentar recurso potestativo de reposición del 6 de febrero al 5 de marzo de 2024.
Orden 2318/2023, de 29 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 04/12/2023 Fecha de fin: 19/12/2023
Destinatarios
Titulares de explotaciones ganaderas y agrícolas.
Requisitos
- La explotación ganadera o agrícola para la que se solicita la ayuda debe estar ubicada en la Comunidad de Madrid.
- En el caso de los ganaderos: haber presentado durante el año 2022 la correspondiente declaración de superficies de la PAC con la que se acreditará la superficie de pastos, así como el censo beneficiario de la ayuda por cabeza.
- En el caso de los agricultores: haber presentado durante el año 2023 la correspondiente declaración de superficies de la PAC con la que se acreditará la superficie de cultivos herbáceos de secano y/o plantas aromáticas objeto de subvención.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.
- Cumplir con los requisitos previstos en la normativa de subvenciones.
- Los beneficiarios podrán ser personas físicas, jurídicas u otras entidades sin personalidad jurídica.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE para personas físicas.
- NIF/NIE para personas jurídicas.
- Ganaderos: Solicitud unificada 2022.
- Agricultores: Solicitud unificada 2023.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Tramitación
La solicitud de ayuda será, también, la solicitud de pago.
Para el estudio de los expedientes se podrá requerir información o documentación complementaria que se considere necesaria.
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, no aportara la totalidad de la documentación exigida, o existieran defectos en la documentación aportada, se requerirá al interesado para subsane los defectos a aporte la documentación.
Si en un plazo de diez días no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa.
Una vez estudiado el expediente y visto que se cumplen todos los requisitos, el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior resolverá, mediante orden motivada, la aprobación o denegación de cada una de las solicitudes de ayuda presentadas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Normativa
- Orden 1871/2024, de 29 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión, durante el año 2024, de las ayudas extraordinarias para compensar el incremento de costes en las explotaciones agrarias afectadas por la sequía en la Comunidad de Madrid en la campaña 2022-2023 (BOCM nº 140, de 13 de junio)
- Orden 1739/2023, de 29 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión de las ayudas extraordinarias para compensar el incremento de costes en las explotaciones agrarias afectadas por la sequía en la Comunidad de Madrid en la campaña 2022-2023 (BOCM nº 286, de 1 de diciembre).
- Extracto del Acuerdo de 29 de noviembre de 2023, de Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas extraordinarias para compensar el incremento de costes en las explotaciones agrarias afectadas por la sequía en la Comunidad de Madrid en la campaña 2022-2023 (BOCM nº 286, de 1 de diciembre).
- Acuerdo de 29 de noviembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas extraordinarias para compensar el incremento de costes en las explotaciones agrarias afectadas por la sequía en la Comunidad de Madrid en la campaña 2022-2023 (BOCM nº 286, de 1 de diciembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).