Última actualización: 18/10/2024

Descripción

  • Referencia
    63
  • Descripción

    Estimación por la Administración de los efectos que un determinado proyecto, obra, o actividad causa sobre el medio ambiente, y emisión de un informe en el que se determine la conveniencia o no de realizarlo y, en caso afirmativo, fijar las condiciones en que debe llevarse a cabo.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. Personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que planifiquen, proyecten realizar, o realicen cualquier obra o actividad susceptible de producir un deterioro en el entorno.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Tramitación

  1. Recepción de comunicaciones, junto con la documentación necesaria.
  2. Consulta del órgano de Medio Ambiente a distintos organismos e instituciones sobre el proyecto propuesto.
  3. El órgano ambiental informa al promotor del proyecto de las consideraciones más significativas para que éste elabore el Estudio de Impacto Ambiental.
  4. Comunicación al promotor de los aspectos técnicos a subsanar en el plazo legalmente establecido.
  5. Información pública del Estudio del Impacto Ambiental en la biblioteca de la Consejería de Medio Ambiente.
  6. Formulación de la Declaración de Impacto Ambiental por parte del Órgano Ambiental.
  7. En su caso, resolución de discrepancias entre el Órgano Sustantivo y el Órgano Ambiental.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

9 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 2/2002, de 19 de junio de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid (BOCM, nº 154, de 1 de julio).

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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