Descripción
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ReferenciaL232
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Descripción
Las actividades e instalaciones afectadas por la normativa de prevención y control integrado de la contaminación (IPPC) requieren de autorización ambiental integrada (AAI) previa. La construcción de la instalación, así como el ejercicio de la actividad, no pueden iniciarse hasta que se haya obtenido la autorización.
La Autorización Ambiental Integrada incluye en una única resolución las autorizaciones ambientales existentes en materia de:
- Producción y gestión de residuos
- Vertidos a las aguas continentales, incluidos los vertidos al sistema integral de saneamiento
- Determinaciones de carácter ambiental en materia de contaminación atmosférica, incluidas las referentes a los compuestos orgánicos volátiles.
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TasaRequiere el pago de tasas
Destinatarios
Personas jurídicas titulares de la actividad o instalación.
Requisitos
- Desarrollar su futura actividad en una instalación situada en el territorio de la Comunidad de Madrid.
- Estar incluidas en alguna de las categorías de actividades e instalaciones afectadas por la normativa de prevención y control integrado de la contaminación.
- Solicitar con la AAI la Evaluación Ambiental de Proyectos en los casos en los que la actividad así lo requiera, ya sea de tipo ordinaria o simplificada. En este supuesto:
- El promotor debe aportar el Estudio de impacto ambiental o Documento ambiental junto con la solicitud de AAI.
- Este procedimiento condicionará la emisión de la AAI y su contenido.
- Es imprescindible que la nueva instalación o actividad no esté previamente ejecutada, total o parcialmente.
- Para la concesión final de la AAI será necesario contar con informe urbanístico del Ayuntamiento en cuyo municipio se ubique la instalación, acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y emitido previa solicitud del promotor.
Documentación a presentar
Ten en cuenta
Solo es necesario aportar la documentación que corresponda según las características de la instalación y del tipo de actividad. Puedes consultar el documento de Instrucciones para la Solicitud de AAI donde se desarrolla con más detalle la información referente a los requisitos de documentación.
También puedes consultar las indicaciones sobre la documentación a presentar para poder ser sometida a información pública.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Proyecto básico (Contenido según documento de instrucciones relativas a la solicitud de AAI).
- Régimen de propiedad del terreno e instalaciones.
- Documento acreditativo de la representación legal de la empresa. Poder bastanteado.
- Estudio impacto ambiental (Obligatorio si el proyecto debe ser sometido a EIA ordinaria).
- Documento ambiental (Obligatorio si el proyecto debe ser sometido a EIA simplificada).
- Documento de síntesis (Resumen no técnico de la documentación aportada).
- Declaración de datos confidenciales.
- Resguardo del pago de la tasa que corresponda.
- Ejemplar adicional de la documentación según las indicaciones establecidas para poder ser sometida a información pública.
- Comunicación del alcance de responsabilidad de cada titular u operador (Para emplazamientos con más de una actividad o más de un titular u operador).
- Informe base del suelo y aguas subterráneas (IBSAS):
- Informe de Calidad del Suelo Fase I.
- Informe de Calidad del Suelo Fase II. Caracterización analítica del Suelo.
- Informe urbanístico del ayuntamiento del municipio donde se ubique la instalación:
- Solicitud del informe urbanístico.
- Informe urbanístico del Ayuntamiento.
- Situación administrativa actual (instalaciones existentes):
- Informe de adecuación de la conexión a la red de saneamiento.
- Licencia municipal de actividad.
- Inscripción en Registro industrial.
- Otros informes o autorizaciones ambientales (autorización de vertido, autorización de gestión de residuos, cumplimiento del Real Decreto 9/2005, declaración de impacto ambiental, etc).
- Documentación acreditativa de cumplimiento de la legislación sectorial aplicable:
- Documentación exigida por la Legislación de Aguas para el vertido al dominio público hidráulico (Aguas continentales).
- Vertido al sistema integral de saneamiento (SIS).
- Productor de residuos peligrosos.
- Gestor de residuos peligrosos o no peligrosos.
- Documentación/certificado de adecuación de las instalaciones a la normativa de protección contra incendios.
- Documentación/certificado relativo al cumplimiento del Real Decreto 840/2015, sobre control de accidentes graves.
- Plan de Autoprotección.
- Fianzas o seguros obligatorios.
- Declaración responsable de disponer de los medios económicos para hacer frente a los costes de la fianza, seguro o garantía financiera equivalente, de acuerdo con la normativa de residuos (Solo para gestores de residuos).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Control Integrado de la Contaminación
- Correo electrónico: ippc@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
La documentación presentada será recibida por el Área responsable, que realiza un análisis técnico de su contenido y solicita información complementaria al promotor si fuera necesario.
Una vez que la documentación está completa se somete a información pública y se realizan las consultas a organismos según establece la normativa. Antes de la emisión de la AAI, se realiza un trámite de audiencia al promotor para que realice las alegaciones que considere.
El procedimiento de evaluación ambiental, en su caso, se coordina con la solicitud de AAI.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Normativa
- Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación (BOE nº 316, de 31 de diciembre).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (BOE nº 296, de 11 de diciembre).
- Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación (BOE nº 251, de 19 de octubre).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).