Descripción
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ReferenciaL33
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Descripción
Evaluación y acreditación de las competencias profesionales en determinadas cualificaciones profesionales en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Convocatoria Ministerio de Defensa.
Cualificaciones convocadas:
- SAN025_2 Transporte sanitario
- SAN122_2 Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes
- SEA406_1 Limpieza en espacios abiertos e instalaciones industriales
- SEA028_2 Servicios para el control de plagas
- SEA029_2 Vigilancia y seguridad privada
- SEA183_2 Cometidos operativos básicos y de seguridad militar
- SEA595_2 Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural
- SEA676_2 Prevención, extinción de incendios y salvamento
- SEA131_3 Prevención de riesgos laborales
La presente convocatoria está financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea- Next Generation EU, en el marco del Componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Más información
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TasaRequiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 03/11/2021 Fecha de fin: 24/11/2021
Requisitos
Destinatarios
Convocatoria dirigida a militares profesionales de tropa y marinería que a fecha de publicación de la presente orden presten sus servicios en unidades, centros u organismos del Ministerio de Defensa ubicados en la Comunidad de Madrid, o que los hayan prestado y se encuentren en situación legal de desempleo, durante los dos años posteriores a la fecha de baja.
Requisitos
- El pago de la tasa se realiza tras la publicación de los listados definitivos de personas admitidas y excluidas
- Podrán participar las personas que reúnan, a fecha de la publicación de la convocatoria, los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
- Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1 y 20 años para los niveles 2 y 3.
- Prestar servicios como personal militar profesional de tropa y marinería (MTM) o ser reservista de especial disponibilidad (RED) en unidades, centros u organismos dependientes del Ministerio de Defensa ubicados en la Comunidad de Madrid y encontrarse en situación administrativa de servicio activo. O bien haberlos prestado, y encontrarse en situación legal de desempleo, durante los dos años posteriores a la fecha de baja, de conformidad con el artículo 3 de la Orden Ministerial 2/2009, de 22 de enero, por la que se regula el desarrollo profesional de los militares de tropa y marinería.
- Tener experiencia laboral y/o formación no formal relacionada con las competencias profesionales objeto de la convocatoria que se quieren acreditar:
- En el caso de experiencia laboral, se deberán justificar al menos 3 años (1.080 días), con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán 2 años (720 días) de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total. Para calcular el número de días trabajados, debe tenerse en cuenta que se considera que un año son 360 días.
- En el caso de formación no formal, se deberán justificar al menos 300 horas en los últimos 10 años. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
- En los casos en que las unidades de competencia profesional que se van a valorar cuenten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, poseer documento justificativo de cumplir con dichos requisitos.
- Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral y/o formación no formal indicados en los apartados anteriores y que no los puedan justificar, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, indicándolo de manera expresa mediante escrito adjunto a su solicitud, presentando la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho o declaración responsable, según lo establecido en el artículo 11.2, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio y en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Para estudiar estos casos se designará a los asesores necesarios, que emitirán un informe sobre la conveniencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento. Si el informe es positivo se procederá a la inscripción definitiva.
- No podrán participar en el procedimiento las personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Estar en posesión de un título de formación profesional, de un certificado de profesionalidad o de una acreditación parcial acumulable que contenga la unidad o unidades de competencia en las que solicita la inscripción.
- Estar participando en otra convocatoria en la misma unidad o unidades de competencia en las que solicita su inscripción, salvo que demuestren que han sido inadmitidos, excluidos o han presentado renuncia expresa a participar en dicha convocatoria.
Serán excluidas del procedimiento las personas que se encuentren en alguna de las situaciones indicadas, a partir del momento en que se tenga conocimiento de las circunstancias señaladas, salvo causa debidamente justificada.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
- Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- DNI o NIE de la persona solicitante.
- Currículum Vitae Europeo (Anexo III).
- Documentación acreditativa de la experiencia laboral:
- En el caso de personas trabajadoras por cuenta ajena:
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (Informe de Vida Laboral), del Instituto Social de la Marina, ISFAS, o de la Mutualidad a la que estuvieran afiliados donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
- Y copia de contratos de trabajo, certificación de la empresa o certificado de tiempos de servicio expedido por la jefatura de personal de su unidad dependiente del Ministerio de Defensa, con indicación de la ocupación desempeñada, las funciones realizadas y el intervalo de tiempo en que se han llevado a cabo, firmado y sellado por el responsable de la empresa o unidad. Para las certificaciones de empresa podrá utilizarse el anexo V de esta orden u otros modelos que recojan los datos que figuran en el citado anexo.
- En el caso de personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia:
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (Informe de Vida Laboral) o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente
- Justificante de alta en Impuesto de Actividades Económicas (IAE) debidamente comunicado a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
- Y declaración responsable, en la que se indique la descripción de la ocupación, la actividad desarrollada y las fechas de su realización. Se podrá utilizar el anexo VI u otro modelo que recoja los datos contenidos en dicho anexo
- En el caso de personas voluntarias y becarias: certificado de la organización donde se haya prestado la asistencia en el que conste la entidad y el centro de trabajo en el que haya realizado la actividad, funciones, período y el número total de horas dedicadas a las mismas, firmada y sellada por el responsable de la entidad. Podrá utilizarse el anexo VII u otro modelo que recoja los datos del citado anexo.
- Documentación acreditativa de la formación no formal: Certificados o diplomas emitidos por las entidades u organismos que impartieron la formación, que incluyan una descripción de los contenidos, horas de formación y fechas de realización. No se tendrán en cuenta los cursos de duración inferior a 10 horas, la asistencia a jornadas, congresos, simposios o similares, ni aquellos que no cumplan los requisitos determinados en el presente apartado.
- Documentación acreditativa de la capacidad de representación del solicitante, en su caso, mediante cualquier documento válido en derecho, según establece el art. 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Se podrá utilizar el anexo IX u otro modelo que recoja los datos contenidos en dicho anexo
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- DNI/NIE del/a solicitante, y/o de la persona física que actúe en nombre y representación del solicitante.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
- Inscripción en la oficina de empleo como demandante de empleo
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Tramitación
La persona interesada debe presentar la solicitud de inscripción una vez publicada la convocatoria, aportando documentación justificativa de su historial profesional y formativo.
El pago de la tasa se realiza tras la publicación de los listados definitivos de personas admitidas y excluidas.
El candidato admitido participará en un procedimiento que consta de tres fases:
- Asesoramiento: Expertos en el sector profesional habilitados para esta función ayudan al candidato a revisar su historial profesional y formativo y a identificar las competencias adquiridas y las que le pueden faltar. Estos asesores elaboran un informe sobre la conveniencia de pasar a la siguiente fase o la de completar la formación.
- Evaluación: Expertos en el sector profesional habilitados para esta función evalúan las competencias profesionales que el candidato desea acreditar utilizando diversos instrumentos y pruebas.
- Acreditación: La Administración expide una acreditación de las unidades de competencia demostradas. Esta acreditación es acumulable de cara a solicitar un certificado de profesionalidad o a obtener un título de formación profesional.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Corrección de errores de la Orden de 18 de octubre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales en determinadas cualificaciones profesionales en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 263, de 4 de noviembre).
- Orden de 18 de octubre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales en determinadas cualificaciones profesionales en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 261, de 2 de noviembre).
- Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).