Descripción
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ReferenciaE4981
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Descripción
Provisión de un puesto de trabajo de Negociado de Secretaría de Junta Arbitral.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Número de plazas convocadas1
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Plazas convocadas
- Negociado de Secretaría de Junta Arbitral
- Nº puesto de trabajo: 24472
- Grupo C,D. Nivel 18
- Administración pública: Comunidad de Madrid
- Administración General
- Cuerpo de Administrativos de Administración General. Cuerpo de Auxiliares de Administración General
- Órgano de Gestión Instituto Regional de Arbitraje de Consumo. Secretaría General. Área de Secretaría de Junta Arbitral. Servicio de Gestión de la Junta Arbitral. Subsección Secretario Arbitral.
- Localidad: Madrid
- Turno o jornada: Mañana
- Negociado de Secretaría de Junta Arbitral
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Forma de acceso
Promoción interna
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Sistema de selección
Concurso de méritos
Calendario de actuaciones
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20/12/2024Resolución de la convocatoria
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25/10/2024Lista provisional de baremación
Se abre plazo de alegaciones del 28 de octubre al 11 de noviembre de 2024.
La presentación de alegaciones se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 16/09/2024 Fecha de fin: 04/10/2024
Destinatarios
Personal funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Servicio activo o querer reingresar a dicha situación.
- Servicios especiales.
- Excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar. Sólo puedes optar al puesto si llevas más de 2 años en excedencia.
- Situación de suspenso. Sólo puedes optar al puesto si has cumplido el período de suspensión.
- Pertenecer a la Administración, grupo de clasificación profesional, cuerpo, escala y especialidad a la que está adscrito el puesto de trabajo.
- Tener la titulación específica exigida, en su caso.
- Tener los méritos exigidos para desempeñar el puesto de trabajo.
- Méritos Negociado de Secretaría de Junta Arbitral
- Experiencia en apoyo a la tramitación de citaciones de colegios arbitrales de la Junta Regional de Arbitraje de Consumo de la Comunidad de Madrid (3 puntos).
- Experiencia en el manejo de las aplicaciones ARBC (Arbitraje de Consumo de la Comunidad de Madrid) y ARBI (Registro de Empresas y Profesionales adheridos al Sistema Arbitral de Consumo) (3 puntos).
- Experiencia en el manejo de las aplicaciones informáticas Note y Portafirmas Electrónico (1 puntos).
- Experiencia en el manejo de las aplicaciones informáticas Word y Excel (1 punto).
- Méritos Negociado de Secretaría de Junta Arbitral
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa Tramitar para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Certificado de funciones.
- Documentación acreditativa de los cursos realizados.
- Certificado de Registro de Personal emitido por otra AAPP, en su caso.
- Otros.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Orden de 3 de septiembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería Economía, Hacienda y Empleo por el procedimiento de Concurso de Méritos (BOCM nº 219, de 13 de septiembre).
- Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 96, de 24 de abril).
- Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid (BOE nº 127, de 29 de mayo).
- Decreto 53/1989, de 20 de abril, por el que se dictan normas generales sobre procedimiento en convocatorias de provisión de puestos y selección de funcionarios interinos (BOCM de 26 de abril).
- Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de concurso de méritos y libre designación (BOCM de 27 de abril).
- Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOCM de 7 de septiembre).
- Decreto 203/2000, de 14 de septiembre, por el que se dictan las reglas aplicables a los procedimientos de asignación de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid en los supuestos de pérdida del que se viniera desempeñando y de reingreso al servicio activo (BOCM de 26 de septiembre).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).