Descripción
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Referencia1725
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Descripción
Procedimiento para solicitar la devolución pagos indebidos en las matriculaciones correspondientes a los centros docentes públicos.
Destinatarios y/o requisitos
Destinatarios
Alumnos de centros docentes públicos que hayan pagado las matriculaciones indebidamente.
Requisitos
Podrán solicitar la devolución cuando se dé alguna de las siguientes situaciones:
- Cuando no se realice la actividad por causas no imputables al obligado al pago.
- Por duplicidad en el pago.
- Por realización del pago en cuantía superior a la que corresponda.
- Errores materiales de hecho o aritméticos.
- Becarios que hayan acreditado su condición por estar exentos del pago de los precios.
Supuestos que no dan derecho a devolución:
- Que el servicio por el que se ha abonado el precio público no se preste por causas imputables al interesado (como incompatibilidad de horario laboral o de estudio), o no se preste por causas no imputables a la Administración Educativa.
- Anulación o renuncia a la matrícula.
- Beneficiarios de familia numerosa que no lo acrediten antes de efectuar el pago y no presenten el libro de familia en vigor en el momento de formalizar la matrícula. Una vez realizado el ingreso no se efectuarán devoluciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que se deben acompañar a la solicitud:
- Impreso/s Modelo 030
- Solicitud de matrícula
- Libro de Familia completo (alumno menor de edad)
- Certificado de titularidad bancaria firmado electrónicamente por la entidad financiera
- Credencial de becario
- Tarjeta o certificado vigente acreditativo del grado de discapacidad u otra documentación acreditativa de dicho extremo, expedida/o por el órgano competente de cualquier Administración Pública distinta de la Comunidad de Madrid
- Otra documentación solicitada o que se considere de interés
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- NIF/NIE
- Título vigente acreditativo de familia numerosa. Comunidad Autónoma
- Tarjeta o certificado vigente acreditativo del grado de discapacidad u otra documentación acreditativa de dicho extremo, expedida/o por el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.
Documentación de interés
Tramitación
Sólo se tramitarán expedientes cuya devolución este ajustada a los supuestos y siempre basándose en el informe favorable emitido por las Escuelas Oficiales de Idiomas y los Conservatorios de Música.
El centro docente se encargará de recibir las instancias de solicitud y de recabar la documentación correspondiente, así como de efectuar las compulsas que se consideren necesarias para la instrucción del expediente.
Normativa
- Real Decreto 1163/1990 de 21 de septiembre, de Procedimiento de Devolución de Ingresos Indebidos de Naturaleza Tributaria (BOE nº 230, de 25 de septiembre).
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Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 257, de 29 de octubre).
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Orden 3097/1996 de 9 de diciembre del Consejero de Hacienda sobre recaudación de ingresos (BOCM nº 6, de 8 de enero 1997).
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Resolución de 10 de septiembre de 2021, del Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencias y Portavocía para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento administrativo llamado “Devolución de precios públicos: I. E. S., Escuelas Oficiales de Idiomas, Conservatorios Profesionales de Música y Danza, Escuelas de Arte y CEPAS”. (BOCM nº230, de 21 de septiembre).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).