Descripción
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Referencia65424
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Descripción
Procedimiento de entrega de inspecciones periódicas reglamentarias en instalaciones eléctricas de alta y baja tensión.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
Documentación de inspecciones periódicas de instalaciones eléctricas realizadas.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Procedimiento
Cada Organismo de Control Autorizado en la Comunidad de Madrid enviará con periodicidad MENSUAL, en los 10 primeros días de cada mes, la información de los resultados de las inspecciones periódicas realizadas en el mes anterior a todas las instalaciones eléctricas de baja y alta tensión tensión, con resultado:
- Favorable.
- Negativo (incluye las inspecciones periódicas con resultado condicionado en las que se ha superado el plazo de subsanación de defectos).
Se realizarán, cuando proceda, tres envíos, uno para cada tipo de instalaciones:
- Instalaciones industriales de baja tensión: deberán dirigirse a la Subdirección General de Industria e Inspección.
- Instalaciones no industriales de baja tensión: deberán dirigirse a la Subdirección General de Energía y Minas.
- Instalaciones de alta tensión: deberán dirigirse a la Subdirección General de Energía y Minas.
Cada uno de estos envíos mensuales constará de 2 soportes electrónicos, dirigido cada uno de ellos a las Subdirecciones Generales correspondientes. Cada soporte incluirá:
- Un fichero en formato pdf por cada una de los informes de inspección correspondiente a inspecciones finalizadas el mes anterior; cada fichero contendrá el certificado de inspección escaneado y el nombre del fichero deberá corresponder a la referencia del expediente de inspección poniendo especial cuidado en no utilizar caracteres en la referencia que impidan el tratamiento electrónico de datos.
- Un fichero en el formato establecido donde se recogerá la relación y resultado de las inspecciones correspondientes al mes anterior. El fichero deberá nombrarse de acuerdo con los criterios establecidos (ver sección “Documentación de Interés”).
La remisión de esta información de resultados de inspecciones se enviará en soporte electrónico, tipo CD o DVD, o bien por vía telemática. Adicionalmente, las copias de los certificados de inspección de cada uno de los envíos se incluirán en su soporte electrónico correspondiente, escaneados y en formato pdf,.
Documentación de interés
Normativa
- Resolución de 16 de abril de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se acuerda la reanudación de determinados procedimientos administrativos de su competencia, conforme a lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOCM nº 95, de 21 de abril).
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE nº 176, de 23 de julio).
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 27/12/2013).
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, (BOE 27/12/2000) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado mediante Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto (BOE de 18/09/2002).
- Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación aprobado por Real Decreto 3275/1982 (BOE de 01/12/1982) y sus instrucciones técnicas complementarias (BOE de 01/08/1984). Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 (BOE 19/3/2008).
- Resoluciones de 15/7/2010 y 16/3/2011, sobre el formato de entrega de los informes de inspección periódica de instalaciones eléctricas.
- Resolución de 14 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se publica el modelo para la entrega de las inspecciones periódicas realizadas en instalaciones eléctricas por los organismos de control (BOCM nº 64, de 17 de marzo de 2014).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).