Descripción
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Referencia2722
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Descripción
Establece el procedimiento administrativo para la tramitación e inspección de las instalaciones eléctricas no industriales conectadas a una fuente de suministro en baja tensión, con objeto de garantizar un control en el cumplimiento de las condiciones de seguridad para su puesta en servicio.
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TasaTrámite sujeto a tasas
Destinatarios y/o requisitos
- De conformidad con lo establecido en el Decreto 38/2002, de 28 de febrero, por el que se regulan las actividades del control reglamentario de las instalaciones industriales en la Comunidad de Madrid, la tramitación se iniciará con la presentación, por la empresa instaladora habilitada en Baja Tensión, ante una Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI), de la documentación establecida en la Orden 9344/2003.
- En sus actuaciones las EICI intervinientes han de ajustarse a lo indicado en la citada Orden, al Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprobó el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias. Asimismo, deberán utilizar los impresos normalizados establecidos por la Dirección General de Industria Energía y Minas.
- A los efectos del cómputo de plazos, cuando se expresen en días se entenderá que éstos son hábiles y cuando se expresen en meses se entenderá que son de fecha a fecha.
Documentación a presentar
La documentación establecida en el art.18 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado mediante RD 843/2002. ((Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud)).
Presentación de solicitudes
* Obtención de solicitudes:
- En el apartado “Gestión” de esta página, podrá cumplimentar y descargar el impreso los modelos necesarios. Para instalaciones industriales, podrá acceder al procedimiento de “Tramitación de instalaciones eléctricas industriales conectadas a una alimentación en baja tensión”.
- Para solicitar copia de un certificado de instalación eléctrica anterior, dispone del modelo de solicitud en el apartado “Gestión” de esta página. Podrá además solicitar dicha copia:
- En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
- En la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
Para la tramitación e inspección de las instalaciones eléctricas no industriales conectadas a una fuente de suministro en baja tensión, en cualquier Entidad de Inspección y Control Industrial de la Comunidad de Madrid. Otras solicitudes relacionadas con tramitación de instalaciones industriales en baja tensión o con solicitud de copias de certificados, en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano (Ventanilla Única), Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Documentación de interés
Normativa
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. (BOE nº 224, de 18 de septiembre)
- Orden 9344/2003, de 1 de octubre, del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica (texto consolidado).
- Resolución de 28 de mayo de 2009, de la Dirección Ge-neral de Industria, Energía y Minas, por la que se publica el modelo oficial de Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 147, de 23 de junio de 2009).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).