Descripción
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ReferenciaA618
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Descripción
Subvenciones de concurrencia competitiva para entidades sin ánimo de lucro , destinadas a la financiación de proyectos para la asistencia sociosanitaria de las personas afectadas por el VIH/SIDA.
Destinadas exclusivamente a proyectos que tengan como objetivo:
- Atención y asistencia domiciliaria: apoyo y acompañamiento domiciliario de tipo psico-social, apoyo a la continuidad de tratamientos y a su relación con los centros asistenciales, desarrollado con personal voluntario o mediante la asistencia a domicilio con auxiliares de hogar.
- Alojamiento y acogida (casa de acogida, pisos tutelados, viviendas comunitarias o centros de día): apoyo y acompañamiento de tipo psico-social, apoyo a la continuidad de tratamientos y a su relación con los centros asistenciales.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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14/11/2024Resolución de la convocatoria
Se abre plazo de Justificación de la subvención del 12 de noviembre al 2 de diciembre de 2024.
La Justificación de la subvención se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 31/07/2024 Fecha de fin: 21/08/2024
Destinatarios
- Organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro.
Requisitos
- Tener como fines constitutivos, la realización de actividades de carácter asistencial dirigidos a personas afectadas por el VIH/SIDA.
- Contar con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.
- Organizar o tener en marcha proyectos de carácter sociosanitario realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid, que tengan como objetivo la atención y asistencia domiciliaria, el alojamiento y la acogida.
- Estar debidamente inscritas en cualquier Registro gestionado por entidades u organismos públicos de ámbito nacional, autonómico o local.
- No podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades profesionales o científicas sin fines de lucro.
- No podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades que en la última convocatoria de estas subvenciones hayan sido receptoras de ayudas de la Consejería de Sanidad y no hayan presentado la justificación de la subvención. concedida.
- No podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades que tengan deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. La Administración solicitará de oficio dicho certificado acreditativo.
- No podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
- No podrán ser beneficiarios de esta esta subvención las entidades cuyos proyectos para los que se solicita la ayuda objeto de esta orden no se encuentren financiados con medios propios o privados, al menos en un 25 por ciento del coste total de los mismos, entendiéndose por financiación privada la no procedente de una Administración Pública.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento acreditativo de la capacidad del representante legal.
- Anexo II - Resumen del proyecto.
- Desarrollo del proyecto.
- Datos económicos del proyecto.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Datos de renta.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para dudas y consultas, puedes contactar a través de:
- Unidad juridica.dga@salud.madrid.org
- 91 529 01 90
Documentación de interés
Tramitación
El procedimiento de concesión de las ayudas se realizará mediante concurrencia competitiva.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes emitiremos un informe técnico de cada uno de los proyectos presentados, así como la propuesta de cantidad económica ajustada al importe de la correspondiente convocatoria.
La puntuación máxima que puede obtener cada proyecto es de 100 puntos, distribuida en las siguientes categorías con un máximo de 25 puntos cada una:
- Características sociosanitarias (personas asistidas).
- Recursos humanos (número de personas).
- Calidad técnica del servicio.
- Actividad formativa.
No se subvencionarán proyectos que no alcancen un mínimo de 50 puntos.
Para la evaluación final de los proyectos se constituirá un órgano colegiado de evaluación.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Normativa
- Orden 247/2024, de 27 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 60, de 11 de marzo).
- Extracto de la Orden 1041/2024, de 5 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyecto (BOCM nº 180, de 30 de julio).
- Orden 973/2013, de 14 de noviembre, por la que se establece el marco normativo de las bases reguladoras de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos de carácter asistencial en favor de personas afectadas por el VIH/SIDA (BOCM nº 280, de 25 de noviembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).