Descripción

  • Referencia
    A378
  • Descripción

    Subvenciones para asociaciones y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

Requisitos de los beneficiarios

  1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro y las asociaciones o federaciones de estas entidades que organicen o tengan en marcha proyectos de actuación en la Comunidad de Madrid, que vayan dirigidos a la prevención del VH/Sida e infecciones de Transmisión Sexual (ITS), y que tengan como fines u objeto social el desarrollo de alguna de las actividades objeto de esta subvención.
  2. No podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades de investigación, profesionales o científicas, aun cuando no tengan fines de lucro. 
  3. Estar legalmente constituidas, poseer personalidad jurídica propia y estar inscritas en un Registro de Asociaciones o Fundaciones de ámbito nacional, autonómico o local, al menos durante un periodo de dos años antes de la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
  4. Contar con una estructura organizativa y técnica adecuada para garantizar el cumplimiento de su objeto social y del proyecto a subvencionar.
  5. Estar al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante el Estado español y la Comunidad de Madrid.
  6. No incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en la normativa de subvenciones.
  7. El personal de la entidad (incluido el voluntario) que realice actividades que impliquen contacto habitual con menores no podrá haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos.

Requisitos de los proyectos

  1. Los proyectos objeto de subvención deberán desarrollarse en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
  2. Solo podrá presentarse una solicitud por proyecto subvencionable. 
  3. Los proyectos deberán necesariamente encuadrarse en alguna de las líneas o modalidades que se indican a continuación:
    1. Las subvenciones serán destinadas al desarrollo de las actividades que tengan como objetivo:
      1. Incidir en la modificación de normas sociales y comportamientos que reduzcan el riesgo de transmisión del VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), fomentando la educación afectivo-sexual y la utilización del preservativo como prácticas del sexo seguro. 
      2. Desarrollar servicios para promocionar el diagnóstico precoz del VIH/Sida y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) con la realización de la prueba rápida mediante el consejo preventivo.
      3. Desarrollar estrategias de distribución de materiales de información, educación y comunicación (I.E.C.) de salud pública (preservativos, lubricantes, folletos, carteles) para fortalecer las actividades de prevención del VIH/Sida y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS). 
      4. Fomentar el uso de las nuevas tecnologías como instrumento para promocionar mensajes preventivos e información y asesoramiento sobre VIH/Sida y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), para la población joven y los hombres que tienen sexo con hombres. 
      5. Desarrollar servicios relacionados con la prevención e intervención con personas que consumen drogas de uso recreativo vinculadas a las relaciones sexuales (chemsex). 
      6. Contribuir a potenciar el empoderamiento de las personas con VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y a eliminar el estigma y la discriminación, con especial atención al medio laboral.
      7. Promoción de estilos de vida saludable y autocuidados de las personas con +VIH/ITS y sus familias, con especial atención a la adherencia al tratamiento antirretroviral, clave de la prevención de la transmisión del VIH. 
      8. Desarrollar actividades de promoción de la salud sexual y reproductiva y de prevención del VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) en entornos como la comunidad universitaria o el ámbito laboral. 
      9. Desarrollar campañas informativas sobre prevención del VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS). 
      10. Desarrollar actividades formativas para profesionales del ámbito sanitario y social sobre prevención del VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS).
    2. Todas estas intervenciones deberán tener en consideración los derechos humanos, la perspectiva de género, la equidad, la diversidad cultural y la evidencia científica, promoviendo la vivencia amplia, consciente y positiva de la sexualidad, desde un enfoque de derechos sexuales y reproductivos, de diversidad y género.
    3. Estas subvenciones estarán destinadas al desarrollo de actividades en el ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid, y dirigidas a los grupos de población especialmente vulnerables en relación con la transmisión del VIH/Sida y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y a la población en general.
  4. Quedan excluidos de esta convocatoria los proyectos dirigidos a la atención sociosanitaria, asistencia domiciliaria, alojamiento y acogida de personas afectadas por la infección VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), y aquellos proyectos relacionados con el intercambio de jeringas estériles (PIJ) en población usuaria de drogas, al existir, en el ámbito de la Consejería de Sanidad, una subvención específica destinada a estos proyectos.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Declaración responsable del cumplimiento de requisitos (Anexo II).
  2. Memoria general de la Entidad (Anexo III). 
  3. Memoria del Proyecto (Anexo IV). 
  4. Poder bastanteado por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid o documento notarial acreditativo de la representación vigente de la persona firmante de la solicitud. (1) 
  5. Estatutos de la entidad. (1) 
  6. Inscripción de la entidad en el Registro correspondiente a su naturaleza jurídica y ámbito de actuación, donde conste la fecha de inscripción.

1) Se aportará si la entidad no ha concurrido a las convocatorias de estas subvenciones en los años anteriores o, habiéndose presentado a las mismas, se hayan producido modificaciones en la documentación.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Documento acreditativo del NIF de la entidad.
  2. NIF/NIE del representante legal (persona física) que solicita la subvención.
  3. Certificado de estar al corriente de pago con la SS.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. -Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Las acciones objeto de subvención deberán desarrollarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023 y en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Tramitación

  1. Las entidades solicitantes solo podrán presentar una solicitud por proyecto subvencionable. 
  2. Si del examen de la documentación presentada a la convocatoria se comprueba que no se hubiera cumplimentado debidamente la solicitud o que no se hubiera aportado la totalidad de la documentación exigida, se requerirá al interesado para que subsane la falta o presente los documentos preceptivos, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación del requerimiento. De no hacerlo así, se dictará resolución en la que se le tendrá por desistido en su petición.
  3. Las entidades estarán obligadas a la realización de cualquier trámite a través de medios electrónicos.
  4. El órgano instructor de los expedientes será la Dirección General de Salud Pública.
  5. El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
  6. Las solicitudes admitidas a trámite serán valoradas por el órgano colegiado de valoración, quien evaluará las solicitudes presentadas y determinará la cuantía de las subvenciones solicitadas teniendo en cuenta los criterios de selección.
  7. Una vez realizada la valoración de las solicitudes válidamente presentadas y que cumplan los requisitos establecidos, la Dirección General de Salud Pública elevará propuesta de resolución al Consejero de Sanidad, sin perjuicio de la posible delegación en el titular de la Dirección General de Salud Pública, quien resolverá la concesión o denegación de la subvención mediante Orden.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 751/2023, de la Consejería de Sanidad por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de subvenciones destinadas a asociaciones y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Sanidad
Dirección General de Salud Pública

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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