Descripción
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ReferenciaA743
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Descripción
Subvenciones de concurrencia competitiva para entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, destinadas a la financiación de proyectos para la asistencia sociosanitaria de las personas afectadas por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Los proyectos deben perseguir alguno de los siguientes objetivos:
- Atención y asistencia domiciliaria: apoyo y acompañamiento domiciliario de tipo psico-social, apoyo a la continuidad de tratamientos y a su relación con los centros asistenciales, desarrollado con personal voluntario o mediante la asistencia a domicilio con auxiliares de hogar.
- Alojamiento y acogida (casa de acogida, pisos tutelados, viviendas comunitarias o centros de día): apoyo y acompañamiento de tipo psico-social, apoyo a la continuidad de tratamientos y a su relación con los centros asistenciales.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 14/04/2025 Fecha de fin: 08/05/2025
Personas destinatarias
- Organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro.
Están excluidas las entidades profesionales o científicas sin fines de lucro.
Requisitos
- Tener como fines constitutivos la realización de actividades de carácter asistencial dirigidos a personas afectadas por el VIH-SIDA.
- Contar con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.
- Organizar o tener en marcha proyectos de carácter sociosanitario realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid, que tengan como objetivo la atención y asistencia domiciliaria, el alojamiento y la acogida.
- Estar debidamente inscritas en cualquier Registro gestionado por entidades u organismos públicos de ámbito nacional, autonómico o local.
- Haber presentado la justificación de la subvención en caso de haber sido beneficiarias de la última convocatoria de estas ayudas.
- No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Financiar con medios propios o privados al menos un 25 por ciento del coste total del proyecto. Se entiende por financiación privada la que no procede de una Administración Pública.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento acreditativo de la capacidad del representante legal.
- Anexo II – Resumen del Proyecto.
- Anexo III - Desarrollo del Proyecto.
- Anexo IV - Datos económicos del Proyecto.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF de la Entidad solicitante.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Correo electrónico: unidadjuridica.dga@salud.madrid.org
- Teléfono: 91 529 01 90
Documentación de interés
Tramitación
El procedimiento de concesión de las ayudas se realizará mediante concurrencia competitiva. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se emitirá un informe técnico de cada uno de los proyectos presentados, así como la propuesta de cantidad económica ajustada al importe de la correspondiente convocatoria.
Por último, para la evaluación final de los proyectos se constituirá un órgano colegiado de evaluación. La puntuación máxima que puede obtener cada proyecto es de 100 puntos. No se subvencionarán proyectos que no alcancen un mínimo de 50 puntos.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Normativa
- Extracto de la Orden 381/2025, de 19 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025, de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos para la asistencia sociosanitaria de las personas afectadas por el VIH/SIDA (BOCM nº 86, de 11 de abril).
- Orden 177/2025, de 24 de febrero, de la Consejera de Sanidad, por la que se modifica y corrigen errores de la Orden de 13 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para los años 2025, 2026 y 2027 (BOCM nº 56, de 7 de marzo).
- Orden 2178/2024, de 13 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para los años 2025, 2026 y 2027 (BOCM nº 308, de 27 de diciembre).
- Orden 973/2013, de 14 de noviembre, establece el marco normativo de las bases reguladoras de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos de carácter asistencial en favor de personas afectadas por el VIH/SIDA (BOCM nº 280, de 25 de noviembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).