Descripción

  • Referencia
    84227
  • Descripción

    Ayudas para financiar la impartición de acciones de formación pertenecientes a especialidades formativas de certificados de profesionalidad aprobados al amparo del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados. Únicamente serán objeto de subvención en el marco de esta convocatoria las acciones de formación impartidas en la modalidad presencial.
     

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

Se podrán consultar los Requisitos, en la sección Documentación de interés.

Documentación a presentar

 

 

Documentación de interés

Modificación del plazo de finalización de las acciones formativas
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Modificación del plazo de finalización de las acciones formativas
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Tramitación

Calendario de actuaciones

29/04/2021  Resolución por la que se modifica el plazo de finalización de las acciones formativas a 31 de diciembre de 2021
09/01/2019

Resolución por la que se modifica el plazo de finalización de las acciones formativas

27/12/2018 Remisión del expediente electrónico administrativo en soporte informático, constituido por diecinueve archivos y acompañado de un índice de los documentos que contiene, al Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Resolución de 7 de diciembre de 2018 (BOCM nº 308, de 27 de diciembre)
26/12/2018 Orden de resolución de la convocatoria
27/11/2018 Resolución provisional de la convocatoria * Plazo para la presentación de alegaciones: Del 28 de noviembre al 4 de diciembre de 2018.
24/10/2018 Requerimiento para subsanación de las solicitudes * Plazo para la presentación de subsanaciones: Del 25 al 31 de octubre 2018.
05/10/2018 Acuerdo de tramitación de urgencia
Orden de 2 de octubre de 2018 (BOCM nº 238, de 5 de octubre).

 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Empleo
D. G. de Formación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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