Descripción
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Referencia3127668
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Descripción
Instrucciones relativas al procedimiento de homologación de acciones formativas dirigidas al personal funcionario, laboral y estatutario no sanitario de la Administración de la Comunidad de Madrid impartidas por promotores externos, regulado por Acuerdo de 20 de marzo de 2019, de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Podrán solicitar la homologación de acciones formativas las entidades u organizaciones siguientes:
- Las universidades públicas pertenecientes al sistema universitario madrileño.
- Los colegios profesionales cuyos respectivos ámbitos territoriales estén comprendidos dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Las organizaciones sindicales que cuenten con representación en las juntas de personal o en los comités de empresa de la Administración de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entes públicos incluidos dentro del ámbito de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid.
- La Federación de Municipios de Madrid u otras Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales del ámbito de la Comunidad de Madrid legítimamente constituidas al amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
- Solicitud.
Por cada solicitud solo se presentará un documento acreditativo de la representación que ostente el representante de la entidad promotora.
Una solicitud puede incluir hasta 9 acciones formativas para las que se solicita la homologación. Por cada acción formativa, habrá que presentar un Anexo II (ficha de acción formativa) y el CV del profesorado que impartirá la misma. Para una correcta gestión del procedimiento solicitamos que se cree para cada acción formativa un solo fichero en formato PDF en baja resolución que incluya ambos documentos por el orden señalado anteriormente. - Justificación.
El modelo de justificación de cada acción formativa, que se habrá de presentar una vez finalizada su impartición, es el que a estos efectos figura en formato Word (ver sección Tramitación).
Tramitación
La solicitud se podrá presentar en cualquier momento, si bien con una antelación de al menos, cuatro meses de antelación respecto de la fecha prevista de inicio de la acción formativa cuya homologación se solicita. En caso de incumplimiento de este plazo, la solicitud no será admitida a trámite.
Asimismo, no se podrá solicitar la acreditación de actividades cuya impartición, total o de la primera edición, esté previsto que se inicie después de un año natural desde la fecha en que se haya presentado dicha solicitud.
Documentación justificativa: La presentación de la documentación justificativa de la impartición de cada acción formativa homologada se realizará únicamente de forma telemática, a través de los mismos cauces que la solicitud de homologación, en el plazo de dos meses tras haber concluido la acción formativa, o cada una de sus ediciones.
Normativa
- Resolución de 22 de julio de 2019, de la Directora General de Función Pública, por la que se corrigen los errores advertidos en la Resolución de 7 de mayo de 2019, de la Directora General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre la aplicación del Acuerdo de 20 de marzo de 2019, de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid, por el que se fijan los criterios generales de homologación de acciones formativas dirigidas al personal funcionario, laboral y estatutario no sanitario de la administración de la Comunidad de Madrid impartidas por promotores externos, y se hacen públicos los modelos de solicitud (BOCM nº 185, de 6 de agosto)
- Resolución de 7 de mayo de 2019, de la Directora General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre la aplicación del Acuerdo de 20 de marzo de 2019, de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid, por el que se fijan los criterios generales de homologación de acciones formativas dirigidas al personal funcionario, laboral y estatutario no sanitario de la Administración de la Comunidad de Madrid impartidas por promotores externos, y se hacen públicos los modelos de solicitud (BOCM nº 128, de 31 de mayo).
- Acuerdo de 20 de marzo de 2019, de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid, por el que se fijan los criterios generales de homologación de acciones formativas dirigidas al personal funcionario, laboral y estatutario no sanitario de la Administración de la Comunidad de Madrid impartidas por promotores externos (BOCM nº 90, de 16 de abril).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).