Descripción

  • Referencia
    A162
  • Descripción

    Subvenciones para la realización del Programa de Empleo para Municipios Rurales de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

Destinatarios:

Podrán acogerse a estas ayudas para la actuación de práctica laboral:

  1. Los Ayuntamientos de municipios rurales incluidos en la Estrategia para Revitalizar los Municipios Rurales de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
  2. Las Mancomunidades de municipios constituidas en su mayoría por municipios incluidos en la Estrategia para Revitalizar los Municipios Rurales de la Comunidad de Madrid y que sumen, al menos, dos o más de dichos municipios y que tengan entre sus fines la ejecución de políticas activas de empleo, el desarrollo local, la promoción de la ocupación u otros que las legitimen para ejecutar las actuaciones solicitadas.
     

Requisitos:

Las entidades que contraten a personas desempleadas a través de esta medida de política activa de empleo deberán ser competentes para la ejecución de las obras o servicios correspondientes a los puestos de trabajo para los que se solicita la subvención, y tener capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación.

Las obras y servicios deberán permitir la práctica laboral correspondiente a las competencias profesionales de la ocupación y al nivel de cualificación profesional de los desempleados participantes.

Deberá programarse la impartición de formación transversal de hasta 100 horas, en uno o varios de los siguientes módulos: Sensibilización medioambiental y buenas prácticas en la ocupación (50 horas); Competencias digitales básicas (20 horas); y Prevención de riesgos laborales (30 horas).

La capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación transversal se acreditará mediante la identificación en la solicitud de la entidad de formación o el personal docente externo que prevea impartir los contenidos formativos transversales que figuran en la solicitud.

La contratación deberá formalizarse para un centro de trabajo de la entidad local solicitante con domicilio en la Comunidad de Madrid. El contrato de trabajo suscrito con los desempleados será en la modalidad de para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, establecido en la disposición adicional novena del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

En ningún caso podrán ser beneficiarias las entidades que no acrediten el hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y en quienes concurra alguna de las otras circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las ocupaciones solicitadas guardaran relación con la ejecución de una obra o servicio de interés general y social de las comprendidas en las áreas de actividad económica incluidas en la Estrategia para Revitalizar los Municipios Rurales o en actividades específicas de los municipios rurales.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

 

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Certificado de aprobación del proyecto, según modelo Anexo I de esta Orden, donde conste que el órgano competente de la entidad solicitante de la subvención acordó la solicitud de la subvención. Asimismo, en este certificado se hará constar el nombre del representante facultado para actuar en nombre y representación de la misma y la competencia para la ejecución de las obras o servicios correspondientes a los puestos de trabajo para los que se solicita la subvención.
  2. Cuando el solicitante sea una Mancomunidad o un organismo autónomo o entidad con competencias en materia de promoción de empleo, dependiente o asimilada a una entidad local, certificación emitida por quién ostente la competencia de fe pública de la entidad, de la fecha de su creación, fines estatutarios, identificación del presidente-gerente o equivalente que realice la función directiva y, en su caso, relación de los municipios que la componen, según modelo Anexo II de esta Orden.
  3. Cuando las ocupaciones cuya subvención se solicita se encuadren el área de actividad de otras actividades específicas de los municipios rurales-código A, memoria descriptiva de la obra o servicio y justificativa de le especificidad para su realización en los municipios rurales.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Documento de identificación fiscal del solicitante.
  2. Documento Nacional de Identidad del representante de la entidad, a los solos efectos de verificar sus datos de identificación.
  3. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  4. El certificado de inexistencia de apremio en deudas con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano gestor de estas subvenciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la Agencia Estatal Tributaria, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión y pago de la ayuda.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2022 asciende a 16.050.000 euros, con la siguiente cuantía estimada por línea de actuación:

  1. Para las actuaciones de práctica laboral: 13.700.000 euros.
  2. Para las actuaciones de cualificación profesional: 2.350.000 euros.

Las cuantías estimadas en el párrafo anterior podrán incrementarse cuando la cuantía de las solicitudes presentadas, que reúnan los requisitos, en una de las actuaciones sea inferior al gasto inicialmente previsto para las mismas, sin que en ningún caso suponga una cuantía adicional al crédito total autorizado en la convocatoria de 16.050.000 euros. La efectividad de la redistribución entre actuaciones queda condicionada a la declaración de la disponibilidad del crédito en alguna de las actuaciones por parte del titular del órgano instructor, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

Documentación de interés

Datos desempleo por municipio a febrero de 2022
Descargar
50.98 KB
Anexos seguimiento y pago EMRP Práctica laboral 2022
Descargar
3.04 MB
Orden de 20 de mayo de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2022 del Programa de Empleo para Municipios Rurales de la Comunidad de Madrid
Descargar
361.75 KB
Justificación práctica laboral (Anexo II)
Descargar
163.54 KB

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Cuatro meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 05 de abril de 2019 de la Consejera de Economía , Empleo y Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de Empleo para Municipios Rurales de la Comunidad de Madrid.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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