Última actualización: 04/07/2024

Descripción

  • Referencia
    90738
  • Descripción

    Concesión directa de ayudas para incentivar la implantación de sistemas voluntarios de gestión en las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Comunidad de Madrid, para contribuir a la mejora del parque empresarial y a la modernización y desarrollo de la actividad productiva.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

Beneficiarios

 

Pueden acogerse a estas ayudas las PYMES que dispongan de, al menos, un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.

Se consideran PYMES las empresas que cumplan los criterios establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

 

En concreto, pueden solicitar subvención por los gastos para la implantación en sus centros de trabajo de los sistemas de gestión para toda la actividad del emplazamiento, que se indican más abajo.

Son subvencionables los costes derivados de las siguientes actuaciones: 

  • La contratación de asesoramiento externo para la implantación del sistema de gestión.
  • La realización de la auditoría previa a la implantación del sistema de gestión.
  • La implantación del sistema de gestión, incluyendo formación, equipos de medida, etc.
  • La certificación de la norma correspondiente por una entidad externa acreditada.

 

Requisitos

 

    Las empresas que desarrollen alguna de las siguientes actividades según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009):

    • Sección B completa (industrias extractivas).
    • Sección C completa (industrias manufactureras).
    • Sección D completa (suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado).
    • Sección G, División 45.2 (mantenimiento y reparación de vehículos a motor) y División 45.4 (mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios).
    • Sección H, División 52 (almacenamiento y actividades anexas al transporte), excepto la Clase 52.24 (manipulación de mercancías).
    • Sección M, Divisiones 71 y 72 (servicios técnicos de arquitectura e ingeniería, ensayos y análisis técnicos; investigación y desarrollo).

    pueden solicitar subvención por los gastos de implantación de los siguientes sistemas de gestión:

    • Sistema de gestión de Calidad certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 9001
    • Sistema de gestión ambiental certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 14001
    • Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS)
    • Sistemas de gestión de la seguridad de la información certificados conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 27001)
    • Sistemas de gestión de la inocuidad de los alimentos.
    • Sistema de gestión de la seguridad de la información certificado conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 27001,
    • Sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos. Requisitos para cualquier organización en la cadena alimentaria certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 22000

     

    También pueden solicitar subvención:

    • Las PYMES que lleven a cabo trabajos en minas, canteras y túneles que exijan la aplicación de técnica minera, así como todos aquellos que impliquen utilización de explosivos, por la implantación de sistemas de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo certificados conforme a la norma ISO-45001.
    • Las PYMES industriales, por la implantación de implantación de sistemas de gestión energética certificados conforme a la norma UNE-EN-ISO 50001, excepto si su Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) se encuentra dentro de las siguientes divisiones: de 07 a 11; de 13 a 33 y de 35 a 39.
    • Las PYMES por los gastos de implantación de los siguientes sistemas de gestión:
      • Sistema de gestión de la Calidad. Requisitos para las organizaciones de aviación, espaciales y de defensa certificado conforme a la norma UNE-EN 9100.
      • Sistema de gestión de la Calidad. Requisitos para las organizaciones de mantenimiento de la industria aeronáutica certificado conforme a la norma UNE-EN 9110.
      • Sistema de gestión de la Calidad. Material aeroespacial. Requisitos para los distribuidores de aviación, espacio y defensa certificado conforme a la norma UNE-EN 9120.
      • Sistema de gestión de la calidad. Requisitos del sistema de gestión de la calidad para organizaciones ferroviarias: ISO 9001:2015 y requisitos particulares de aplicación en el sector ferroviario certificado conforme a la norma UNE-ISO/TS 22163.
      • Aplicaciones ferroviarias. Soldeo de vehículos y de componentes ferroviarios. Parte 2: Requisitos de calidad y certificación del fabricante de soldeo certificado conforme a la norma UNE-EN 15085-2.
      • Sistema de gestión minero-mineralúrgica-metalúrgica sostenible certificado conforme a la norma UNE 22480.

     

    Documentación a presentar

    1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
    2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

    Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

    Presentación de solicitudes

    La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

    1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
    2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
    3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

    Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

    • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
    • consultar su estado de tramitación.

    En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

    Tramitación

    Las solicitudes de ayuda se tramitarán y resolverán por su orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos que se declaren disponibles.

    En 2022 no está aprobada la disponibilidad de fondos.

    El agotamiento de dichos fondos será publicado en el calendario de actuaciones de este trámite.

    Se considerará como fecha de presentación aquella en que las solicitudes reúnan toda la documentación requerida, una vez subsanadas las ausencias o insuficiencias que, en su caso, se hubieran apreciado por la Administración.

    Una vez concedida la subvención, serán subvencionables las actuaciones realizadas en el siguiente plazo:

    • desde la fecha de presentación de la solicitud y hasta 12 meses a partir del día siguiente de la notificación de la resolución de concesión, con el límite del 31 de octubre de 2023.
    • Si la notificación de la resolución de concesión es posterior al 31 de julio de 2023, el límite será de tres meses a partir del día siguiente de la notificación de la resolución de concesión.

    Las fechas de las facturas y de los pagos realizados deberán estar comprendidas dentro de este periodo.

    Normativa

    Órgano Responsable

    Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
    Viceconsejería de Economía y Empleo
    Dirección General de Promoción Económica e Industrial

    El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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