Descripción
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ReferenciaA696
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Descripción
Ayudas para la promoción del desarrollo sostenible de las poblaciones existentes en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 10/03/2025 Fecha de fin: 21/03/2025
Personas destinatarias
Ayuntamientos situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional Sierra de Guadarrama, que en el ámbito de la Comunidad de Madrid son:
Municipios en los que se encuentra ubicado el Parque Nacional:
- Alameda del Valle.
- Becerril de la Sierra.
- Cercedilla.
- El Boalo.
- Lozoya.
- Manzanares El Real.
- Miraflores de la Sierra.
- Navacerrada.
- Navarredonda y San Mamés.
- Pinilla del Valle.
- Rascafría.
- Soto del Real.
Municipios de la Zona Periférica de Protección:
- Canencia.
- Guadarrama.
- Los Molinos.
Requisitos
- No concurrir en alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acuerdo de conformidad con la solicitud de la subvención, emitido por el órgano competente de la Entidad Local.
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
- Certificado actualizado, emitido por la entidad bancaria en la que se solicite el ingreso de la ayuda, en el que conste el código de la cuenta corriente, con mención de sucursal y dirección, y del titular de la misma, que deberá coincidir con el expresado en esta solicitud.
- Memoria, proyecto o programa de inversiones cuya financiación se solicita, con el visto bueno del Alcalde de la Entidad Local solicitante.
- Identificación catastral del inmueble, en el caso de obras en inmuebles.
- Certificado de empadronamiento del propietario del inmueble, para el caso concreto de actuaciones de mantenimiento o recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyan su primera residencia.
- Documentación acreditativa de la titularidad del inmueble sobre el que se realiza la actuación.
- Autorización del titular del inmueble a la Entidad Local para realizar las inversiones para las que se solicita la subvención.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF o NIE de quien actúa en representación de la Entidad Local.
- Certificado de estar al corriente en sus obligaciones frente a la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área Parque Nacional de la sierra de Guadarrama
- Calle Alcalá 16, 2ª Planta
- Correo electrónico: parquenacional.guadarrama@madrid.org
- Horario de atención al público: De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00
Tramitación
Resumen del procedimiento:
- Presentación de solicitudes.
- Subsanaciones en 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) y si no desistimiento.
- Solicitud de informes territoriales (cuando proceda).
- Informe de la Comisión de Subvenciones del Patronato del Parque Nacional.
- Reunión de la Comisión de Valoración y emisión de informe.
- El Director General de Medio Ambiente, formula la propuesta de resolución provisional.
- Notificación a los interesados y plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones o reformulación si no se concede todo el importe.
- Informe de la Comisión de Coordinación del Parque Nacional.
- Valoración de las alegaciones y La Directora General de Biodiversidad y Gestión Forestal formulará la propuesta de resolución definitiva con la relación de las solicitudes estimadas y desestimadas.
- Fiscalización, orden de concesión y notificación.
- Periodo de recurso.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Normativa
- Extracto de la Orden 587/2025, del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones públicas para fomentar actuaciones a desarrollar en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama para 2025 (BOCM nº 56, de 7 de marzo).
- Orden 587/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones públicas para fomentar actuaciones a desarrollar en las Áreas de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama para 2025.
- Orden 1599/2017, de 26 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se modifica la Orden 2417/2016, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión subvenciones públicas en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional Sierra de Guadarrama (BOCM nº 168, de 17 de julio).
- Orden 2417/2016, de 8 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional Sierra de Guadarrama (BOCM nº 289, de 2 de diciembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).