Descripción

  • Referencia
    A105
  • Descripción

    Subvenciones para el desarrollo socioeconómico en base a la conservación de sus ecosistemas y biodiversidad en la Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón (Plan de recuperación, transformación y resiliencia Fondos Next Generation de la Unión Europea).

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 22/04/2022 Fecha de fin: 06/05/2022

Requisitos

  1. Entidades Locales. Municipios y mancomunidades de municipios que conforman la Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón.
  2. Empresas o profesionales autónomos que tengan su domicilio social o fiscal en uno de los municipios que forman parte de Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón o cuya actividad económica se realice prioritariamente en el territorio de la Reserva; para lo cual se considerará que al menos el 50% del volumen anual de negocio de los últimos tres años proceda de su actividad en la Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón.
  3. Agrupaciones empresariales que promuevan actuaciones innovadoras en el desarrollo socioeconómico de la Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón.
  4. Asociaciones constituidas con el fin de promocionar actividades económicas en la Reserva o gestionar recursos de su patrimonio natural o cultural.
  5. Entidades sin ánimo de lucro cuyos fines estatutarios se dirijan la realización de actuaciones en materia de conservación de la naturaleza o el desarrollo rural.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Declaraciones responsables firmadas por el representante legal
    • Declaración responsable sobre solicitud o concesión de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad (Anexo IV).
    • Para empresas y empresarios autónomos, declaración responsable de que el beneficiario tiene la condición de pequeña o mediana empresa.
    • En el caso de entidades que tengan la condición de empresa y, en relación con las ayudas de mínimis que hayan recibido, declaración de las ayudas recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso (Anexo V).
    • Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas (Anexo II).
    • Declaración responsable sobre la adopción de medidas eficaces y proporcionadas para evitar el fraude, corrupción, conflicto de intereses y doble financiación (Anexo VI).
    • Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (Anexo III).
    • Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales para facilitar las inversiones sostenibles (Anexo VII).
    • Autorización expresa, mediante la que el solicitante otorga derechos y accesos para garantizar que la Comisión Europea, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias
       
  2. Documentación de carácter técnico:
    • Proyecto técnico firmado por técnico competente
    • Memoria técnica firmada por técnico competente en la que se describan las actuaciones a realizar e incluya presupuesto detallado con unidades de obra, mediciones y precios unitarios o tarifas. Se acompañará de facturas proforma o presupuestos.
    • Memoria descriptiva de las inversiones a realizar firmada por el solicitante acompañada de facturas proforma o presupuestos donde se detalle el gasto subvencionable.
    • En el caso en que el importe del gasto subvencionable sea igual o supere la cuantía de 40.000 euros en el supuesto de ejecución de obras o 15.000 euros en el caso de otros contratos: se deberán presentar al menos 3 ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación del compromiso, salvo que por las especiales características del proyecto no existieran en el mercado suficientes entidades que presenten el servicio o suministren el bien.
    • En el caso de proyectos que impliquen inversiones en inmuebles: identificación catastral del inmueble, documento que acredite la titularidad o disponibilidad de dichos bienes por un periodo mínimo de diez años desde la publicación de la presente orden y licencia de obras.
       
  3. Documentación relativa a la entidad o entidades solicitantes:
    • Entidades locales:
      • Documento acreditativo del acuerdo de solicitud de la subvención adoptado por el órgano competente de la entidad local.
      • En el caso de entidades de carácter supramunicipal, documento de constitución.
      • Certificado de encontrarse al corriente del cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
    • Empresas, agrupaciones empresariales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro:
      • Copia de los estatutos debidamente legalizados o documento en vigor donde consten las normas por las que se regula la actividad de la entidad, incluyendo fecha de constitución, sede social, apoderados y objeto.
      • Poder o documento que acredite la representación con que actúa el representante.
      • Copia del DNI del representante.
      • Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro Administrativo correspondiente, cuando la misma sea necesaria o documento justificativo de la no obligatoriedad de inscripción en registro.
      • Copia del Número de Identificación Fiscal.
      • En el caso de empresas, copia de la última declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200 y 202) o en su defecto cuentas anuales y memoria del último año debidamente presentadas en el Registro Mercantil.
      • Los beneficiarios que desarrollen actividades económicas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
      • En el caso de las agrupaciones, el acuerdo interno firmado por los representantes legales de las entidades integrantes al que se refiere el artículo 4.
      • En el caso de las agrupaciones, se deberá aportar la documentación referida en este apartado para cada una de las entidades integrantes, a excepción del acuerdo de agrupación que será único.
      • En el caso de empresas que no tengan su domicilio social o fiscal en uno de los municipios que forman parte de Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón, declaración responsable que indique y describa las actividades realizadas en ella en los últimos tres años; volumen anual de negocio de los últimos tres años y volumen anual de negocio de los últimos tres años que proceda de su actividad en la Reserva.
    • Personas físicas:
      • Copia del DNI del solicitante.
      • Certificado de empadronamiento del solicitante.
      • Certificado de alta como autónomo.
      • Certificado de la Agencia Tributaria que acredite alta en el Impuesto de Actividades Económicas de su actividad.
      • Los beneficiarios que desarrollen actividades económicas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
      • En el caso de los empresarios autónomos que no residan en la Reserva de la Biosfera, declaración responsable que indique y describa las actividades realizadas en la Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón en los últimos tres años; volumen anual de negocio de los últimos tres años y volumen anual de negocio de los últimos tres años que proceda de su actividad en la Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón.
         

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. NIF/NIE del solicitante
  2. NIF/NIE del representante
  3. Certificado de empadronamiento del solicitante (Personas físicas)
  4. Certificado de la Agencia Tributaria que acredite alta en el Impuesto de Actividades Económicas de su actividad (Personas Físicas)
  5. Certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social
  6. Certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Hacienda de la Comunidad de Madrid

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Documentación de interés

Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente
Descargar
1.41 MB
Manual de comunicación para gestores y beneficiarios de los Fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Descargar
605.03 KB

Tramitación

Una vez concluido el plazo para la presentación de las solicitudes comenzará la fase de instrucción.

La instrucción de los expedientes corresponde a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

La valoración de las solicitudes se realizará por un Comité de evaluación, el cual de acuerdo con los criterios y baremo contemplados en las bases reguladoras emitirá un informe con el resultado de la valoración y la correspondiente prelación de las solicitudes.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de acuerdo con el informe de la Comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, que se notificará a los interesados. Se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

En ese mismo plazo, el órgano instructor podrá instar a los solicitantes a reformular su solicitud si la subvención otorgable, según la propuesta de resolución, es inferior a la cantidad solicitada para que ajuste los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. 

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, tras la valoración de las alegaciones presentadas por los interesados, formulará la propuesta de resolución definitiva en la que conste la relación de las solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos. 

En la propuesta de resolución definitiva se hará constar expresamente la relación de solicitudes desestimadas.

El órgano competente para resolver las solicitudes de subvención será el titular de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, a propuesta del órgano instructor, resolverá las solicitudes de subvención.

La Orden de concesión determinará el plazo, la cuantía, recursos y cualesquiera otras condiciones que deban cumplir los beneficiarios.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de diciembre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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