• Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 02/09/2022 Fecha de fin: 22/09/2022
  • En plazo

    • Fecha de inicio: 02/09/2022 Fecha de fin: 22/09/2022

    Tramitar

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A223
  • Descripción

    Ayudas destinadas a empresas y/o centros de formación que impartan la formación y asuman por si mismas o a través de convenios el compromiso de contratación de, al menos, el 40% de los alumnos finalizados en las acciones de formación subvencionadas.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

  1. Empresas titulares de centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid, que expresamente asuman el compromiso firme de contratación de las personas que finalicen la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas en esta convocatoria.
  2. Entidades de formación que expresamente asuman por sí mismas o mediante acuerdos o convenios con otras empresas el compromiso firme de contratación de las personas que finalicen la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas en esta convocatoria. En todo caso será la entidad de formación beneficiaria quien asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y el cumplimiento del compromiso de contratación.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Copia del bastanteo del poder del representante de la entidad para solicitar ayudas y subvenciones públicas, realizado por el Servicio Jurídico de la Comunidad de Madrid.
  2. · Declaración responsable del Compromiso de Contratación firmada por el representante legal de la entidad, en la que asume la contratación de al menos el 40 % de los alumnos formados que finalicen la acción formativa (Anexo II).
  3. · Memoria explicativa (Anexo III)
  4. · En el caso de subcontratación, declaración expresa de que se va a efectuar dicha subcontratación.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Certificado de estar al corriente de pagos con la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social, siempre que no se oponga a su consulta, en cuyo caso deberá aportarlo.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para consultas relacionas con este trámite, dispones del correo electrónico: garantia.juvenil.formacion@madrid.org

Tramitación

  1. La orden por la que se concede la subvención determinará el compromiso de contratación contraído por la entidad beneficiaria, el importe de la subvención, el plazo de justificación y cualesquiera otras condiciones particulares que deban cumplir los beneficiarios.
  2. La resolución de la concesión será notificada a los beneficiarios de la misma.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Nueve meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 22 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación profesional para el empleo, con compromiso de contratación de los trabajadores desempleados, a impartir en modalidad presencial, para el año 2022.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Empleo
D. G. de Formación

Convocatorias anteriores

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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