Última actuación
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05/10/2018Acuerdo de tramitación de urgencia
Información
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Requisitos
Podrán ser beneficiarios:
- Las empresas titulares de centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid, que expresamente asuman el compromiso firme de contratación de las personas que finalicen la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas en esta convocatoria.
- Las entidades de formación que cumplan las condiciones previstas en el artículo 14.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que expresamente asuman por sí mismas o mediante acuerdos o convenios con otras empresas el compromiso firme de contratación de las personas que finalicen la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas en esta convocatoria. En todo caso será la entidad de formación beneficiaria quien asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y el cumplimiento del compromiso de contratación.
Información adicional
- Previo al inicio de la acción formativa, el beneficiario podrá solicitar hasta un máximo del 25 por 100 del importe concedido. Una vez acreditado el inicio y antes de su finalización, podrá solicitar hasta un 35 por 100 adicional del importe concedido.
- No obstante se podrán unificar las solicitudes de anticipo en una única del 60 por 100 de la subvención concedida de cada acción formativa una vez acreditado el inicio de la misma y antes de su finalización.
Normativa
- Orden de 2 de octubre de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se acuerda la tramitación de urgencia a los procedimientos administrativos iniciados por las convocatorias públicas para los años 2018 y 2019 de subvenciones para la financiación de acciones de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOCM nº 238, de 5 de octubre).
- Extracto de la Orden de 7 de septiembre de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación profesional para el empleo, con compromiso de contratación de los trabajadores desempleados para los años 2018 y 2019 (BOCM nº 224, de 19 de septiembre).
- Orden de 31 de mayo de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las disposiciones generales reguladoras de la concesión de subvenciones para la financiación de acciones de Formación Profesional para Empleo en el Ámbito Laboral (BOCM nº 144, de 18 de junio)
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Empleo
- D. G. de Formación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Calendario de actuaciones
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05/10/2018Acuerdo de tramitación de urgencia
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 20/09/2018 Fecha de fin: 30/11/2018
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud