Última actuación
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07/02/2024Interpretación y aplicación de la convocatoria
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Empresas titulares de centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid, que expresamente asuman por sí mismas el compromiso de contratación de las personas que finalicen la formación.
- Entidades de formación públicas o privadas que expresamente asuman por sí mismas o mediante acuerdos o convenios con otras empresas el compromiso firme de contratación de las personas que finalicen la formación.
Requisitos
- Disponer de, al menos, un centro de formación ubicado en la Comunidad de Madrid, acreditado y/o inscrito con anterioridad a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de subvenciones.
- No podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas en esta orden, las entidades a las que se les haya impuesto mediante resolución firme sanción, por infracción grave y/o muy grave en materia de formación profesional para el empleo, que conlleve la sanción accesoria de exclusión del acceso a subvenciones y ayudas.
Documentación
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Declaración responsable del Compromiso de contratación firmada por el representante legal de la entidad, en la que asume la contratación de al menos el 40% de los alumnos formados que finalicen la acción formativa (Anexo II).
- Copia del bastanteo del poder del representante legal de la entidad para solicitar ayudas y subvenciones públicas, realizado por el Servicio Jurídico de cualquier Administración Pública. El documento debe tener una antigüedad máxima de 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Documentos acreditativos del conocimiento y participación voluntaria en la actuación de cada una de las empresas que aparecen incluidas en la relación recogida en el punto 5º del Anexo II de esta Orden, exclusivamente en el caso de que el solicitante sea una entidad de formación.
- En el caso de subcontratación de la formación, declaración expresa de que se va a efectuar dicha subcontratación.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas relacionas con este trámite, dispones del correo electrónico: garantia.juvenil.formacion@madrid.org
Normativa
- Instrucción de la Directora General de Formación sobre interpretación y aplicación de la Orden de 15 de septiembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación profesional para el empleo con compromiso de contratación de los trabajadores desempleados, a impartir en modalidad presencia, para el año 2023.
- Extracto de la Orden de 15 de septiembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación profesional para el empleo con compromiso de contratación de los trabajadores desempleados, a impartir en modalidad presencial, para el año 2023 (BOCM nº 232, de 29 de septiembre).
- Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE nº 78, de 1 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Formación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- La orden por la que se concede la subvención determinará el compromiso de contratación contraído por la entidad beneficiaria, el importe de la subvención, el plazo de justificación y cualesquiera otras condiciones particulares que deban cumplir los beneficiarios.
- La resolución de la concesión será notificada a los beneficiarios de la misma.
Puedes realizar este trámite sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Calendario de actuaciones
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07/02/2024Interpretación y aplicación de la convocatoria
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 02/10/2023 Fecha de fin: 23/10/2023
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud