Información
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Las siguientes personas, interesadas en un procedimiento administrativo abierto, en el que se requiera de forma obligatoria o voluntaria el informe:
- Personas físicas o jurídicas.
- Administraciones locales de la Comunidad de Madrid.
- Otras administraciones.
No se emite el informe en procedimientos abiertos en los municipios de Alcorcón, Madrid y Fuenlabrada, por no ser competencia del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Solicitar únicamente el informe o la consulta cuando esté vinculado a un procedimiento administrativo abierto. No se emitirán informes de consultoría, asesoría, análisis de estabilidad estructural, o sobre sistemas y soluciones de protección contra incendios en fase de diseño.
- Administraciones locales: cumplimiento de la normativa vigente de seguridad en caso de incendio, en la edificación o en planes urbanísticos, accesibilidad en la intervención de bomberos, consulta sobre instalaciones de protección contra incendios, hidrantes, etc. En estos procedimientos, el informe será facultativo.
- Otras administraciones: condiciones de seguridad en caso de incendio, autorización ambiental integrada, gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, etc. En estos procedimientos el informe será facultativo o preceptivo, según la normativa de aplicación.
- Personas físicas o jurídicas: Si la resolución correspondiente recae en un órgano administrativo distinto al Cuerpo de Bomberos, la consulta o petición de informe deberá dirigirse al órgano correspondiente, que será quien tramite la petición de informe consultivo al Cuerpo de Bomberos. Por ejemplo, las consultas relacionadas con la petición de licencias municipales se remitirán al Cuerpo de Bomberos por la propia Administración local.
Documentación
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Consultas en materia de prevención de incendios:
- Proyecto Básico o Ejecución.
- Plan de Autoprotección o Emergencia /Plan de Evacuación.
- Fotos.
- Planos.
- Licencias o autorizaciones.
- Certificados Instalaciones.
- Otros.
Hidrantes/consultas derivadas de partes de prestación de servicio:
- Fotos.
- Planos de localización.
- Informes (varios).
- Otros documentos.
Instrumentos Planeamiento Urbanístico:
- Documento de planeamiento.
- Proyecto Básico o de Ejecución.
- Otros.
Trámite de Actuación Ambiental Integrada (AAI) o Gestión de Residuos:
- Plan de Autoprotección.
- Plan de Emergencia.
- Caracterización del Edificio (Tipo y nivel de riesgo intrínseco).
- Planos.
- Actas de revisión de instalaciones de protección contra incendios.
- Otros.
Información adicional
Cualquier duda o consulta en relación con el trámite se puede dirigir a serviciodeprevencionbcm@madrid.org
Normativa
- Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 256, de 27 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
- D.G. de Emergencias
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, el Área de Prevención de Incendios requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles (de lunes a viernes no festivos), subsane la falta o acompañe los documentos necesarios, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Plazo de respuesta
Los plazos para la emisión del informe son:
- En el trámite de Informe de Evaluación Ambiental sobre Planes de Urbanismo en virtud de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre: 20 días hábiles.
- En el trámite de autorización de Gestión de Residuos Peligrosos y No Peligrosos y en el trámite de Autorización Ambiental Integrada en aplicación de la Ley 1/2024, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid: 2 meses.
- En el resto de casos, el plazo estimado es de 1 mes.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud