Descripción
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Referencia78640
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Descripción
Creación e implantación de forma experimental del Programa de Institutos Deportivos de la Comunidad de Madrid. Son finalidades de este programa favorecer el desarrollo personal y social de los alumnos a través de la actividad física y deportiva, así como promover estilos de vida saludables.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Institutos de educación secundaria de la Comunidad de Madrid.
Características generales del Programa de Institutos Deportivos
- El Programa de Institutos Deportivos se implantará en los institutos de educación secundaria en una de las siguientes opciones: Institutos de Excelencia Deportiva e Institutos de Especialización Deportiva.
- Forman parte del Programa de Institutos Deportivos los centros autorizados por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte que contemplen dentro de su proyecto educativo la puesta en marcha de un programa de actuaciones relacionadas con la actividad física y el deporte.
- Los Centros elaborarán un proyecto deportivo de centro (PDC), en el que podrán colaborar otras instituciones y entidades que muestren su disposición a participar, tales como el ayuntamiento del municipio, federaciones deportivas, asociaciones de madres y padres de alumnos y otras asociaciones y grupos deportivos, culturales o de otra índole relacionados con la actividad física y el deporte. La contribución de estas instituciones al programa quedará expresada en el documento de compromiso (Anexo IV o Anexo V).
- Los institutos de Educación Secundaria que se incorporen al Programa de Institutos Deportivos organizarán el currículo de forma que la materia “Educación Física” cuente con tres o cuatro períodos lectivos semanales en todos los cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.
- Los institutos de Educación Secundaria del Programa de Institutos Deportivos contarán con un coordinador deportivo, elegido entre el profesorado del centro, preferentemente de la especialidad de Educación Física, que será el responsable de la puesta en marcha del proyecto deportivo. La especial dedicación de estos profesores será reconocida mediante complementos retributivos mensuales. La designación del coordinador deportivo corresponderá al Director General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria a propuesta del Director del centro.
- Dentro del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, para los institutos de Educación Secundaria que participan en el Programa de Institutos Deportivos será de oferta obligada en cada uno de los cursos de la Educación Secundaria Obligatoria la materia “Deporte” establecida en la normativa vigente, y en las condiciones de impartición allí descritas, sin perjuicio de otras materias de contenido deportivo que la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades pueda aprobar en lo sucesivo.
- Los institutos de Educación Secundaria integrados en el Programa de Institutos Deportivos contarán con un club deportivo que dinamice distintos aspectos de la práctica deportiva como el aprendizaje, el entrenamiento o la competición.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Criterios de valoración y selección
- Para la valoración de las solicitudes presentadas y selección de los centros, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Justificación de la participación.
- Grado de adecuación de los contenidos a los objetivos del Programa de Institutos Deportivos.
- Características y oportunidad del diseño previsto para el Club Deportivo.
- Adecuación de las instalaciones deportivas propuestas para el desarrollo del proyecto, ya pertenezcan al centro o le haya sido cedido su uso.
- Grado de apoyo del Consejo Escolar y del Claustro.
- Grado de implicación del ayuntamiento.
- Grado de implicación de otras entidades.
- Grado de implicación de los distintos sectores de la Comunidad Educativa.
- Trayectoria documentada del centro en el desarrollo de proyectos educativos relacionados con la actividad física y el deporte.
- Formación específica en temas relacionados con la actividad física y el deporte del profesorado participante que se especificará en la documentación.
- Mediante orden de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades se regulará la convocatoria para la selección de los institutos de educación secundaria que se incorporan al programa de institutos deportivos.
Normativa
- Orden 974/2017, de 3 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se implanta el Programa de Institutos Deportivos en la Comunidad de Madrid y se regula la convocatoria para la incorporación al mismo de nuevos Institutos de Educación Secundaria (BOCM nº 106, de 5 de mayo)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).