Descripción

  • Referencia
    L69
  • Descripción

    La implantación de un título universitario oficial requiere informe previo preceptivo sobre su necesidad y viabilidad académica y social, con carácter previo a la verificación de su plan de estudios.

    Asimismo, requiere autorización previa la implantación y extinción de enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. Solicitud de informe de viabilidad: Universidades con sede en la Comunidad de Madrid.
  2. Solicitud de implantación y de extinción de enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado:
    1. Universidades de la Comunidad de Madrid.
    2. Universidades de otras Comunidades Autónomas con centros adscritos en la Comunidad de Madrid.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Para la Solicitud del informe sobre la necesidad y viabilidad académica y social para la verificación de planes de estudios de grado, máster y doctorado:
    1. Memoria justificativa (deberá aportarse una memoria por cada enseñanza cuyo informe se solicite). Anexo I
  2. Para la Solicitud de implantación de enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado:
    1. Resolución de verificación favorable del Consejo de Universidades
    2. Resolución de modificación favorable del Consejo de Universidades, en el caso de enseñanzas cuya implantación esté autorizada en la universidad y se soliciten para un centro adscrito, o en el caso de enseñanzas cuya implantación esté autorizada en un centro adscrito y se soliciten para su impartición en la universidad).
    3. Memoria verificada favorablemente.
    4. Convenio firmado en el caso de titulaciones conjuntas.
    5. En el caso de universidades públicas, Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad y del Consejo Social.
  3. Para la Solicitud de extinción de enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado:
    1. Compromiso de extinción curso a curso que permita a los alumnos que hubieran iniciado las enseñanzas que se extinguen, su finalización con un aprovechamiento académico normal.
    2. En el caso de universidades públicas, Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad y del Consejo Social.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para cualquier aclaración sobre este procedimiento, pueden dirigirse al Área de Ordenación Universitaria, en el teléfono 91 720 00 21/14 o dirección de correo electrónico areauniv.dgui@madrid.org

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Universidades

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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