• Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    42760
  • Descripción

     

    La actividad se desarrolla con carácter empresarial en locales propios o ajenos por las empresas operadoras, personas físicas o jurídicas, inscritas como tales en el Registro del Juego

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Las Empresas operadoras estarán obligadas a constituir una garantía con carácter previo al ejercicio efectivo de su actividad de explotación de máquinas cuyo importe quedará reducido en la misma cuantía que el importe de la garantía prestada para la inscripción en el Registro. Las garantías podrán prestarse en efectivo o en valores de Deuda Pública, así como mediante aval o contrato de seguro de caución, y se depositarán en la Tesorería de la Comunidad de Madrid, por la siguiente cuantía en función del tipo y tramo de número de máquinas a explotar:

 

 

1-50 máquinas

51-100 máquinas

A partir de 100 máquinas o fracción

Tipo A

7.200 €

15.200 €

15.200 €

Tipo B

36.000€

76.000 €

76.000 €

Tipo C

72.000 €

152.000 €

152.000 €

Tipo D

7.200 €

15.200 €

15.200 €

 

 

 

A los efectos de la cuantía de las garantías, las máquinas multipuesto se considerarán tantas como jugadores puedan usarlas simultáneamente.

Información Complementaria

 

Obligaciones de documentación de la empresa operadora

La empresa operadora deberá tener en su domicilio en todo momento y exhibir, a petición de los funcionarios que desempeñen las funciones inspectoras en materia de juego, la siguiente documentación:

- El título acreditativo de su inscripción en el Registro General del Juego de la Comunidad de Madrid.

- Las autorizaciones de explotación vigentes.

- La relación de los locales donde estén ubicadas y en explotación las máquinas, así como la autorización de instalación en bares, cafeterías y otros establecimientos a que se refiere el artículo 46 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid, y las comunicaciones de emplazamiento.

Si desea ampliar esta información puede hacerlo:

- Dirigiendose a la Plaza de Chamberí, 8, planta baja.
91 580 30 89

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
Dirección General de Tributos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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