Descripción

  • Referencia
    S9
  • Descripción

    Los usuarios de la Red Abierta de Comedores Sociales de la Comunidad de Madrid pueden solicitar el transporte de alimentos a su domicilio en caso de problemas de salud o discapacidad, debidamente justificados.

Destinatarios

Usuarios de comedores sociales de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

Encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias, que se valorarán de acuerdo al baremo indicado:

  1. No poder desplazarse temporalmente al comedor por motivos de salud o intervención quirúrgica, con informe médico o documento justificativo análogo: 4 puntos.
  2. Acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100: 3 puntos.
  3. Acreditar un grado de discapacidad entre el 35 y el 64 por 100: 2 puntos.
  4. Tener movilidad reducida, que se pueda justificar mediante informe médico o documento justificativo análogo: 1 punto.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  • Informe médico acreditativo del estado de salud.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • Grado de discapacidad

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Los solicitantes de cualquiera de los servicios ofrecidos en la Red Abierta de Comedores Sociales de la Comunidad de Madrid disponen de un correo electrónico para realizar las consultas que consideren oportunas en relación a su solicitud y/o expediente: comedoressocialesdgss@madrid.org

Tramitación

La unidad administrativa correspondiente de la dirección general competente en materia de asignación de plazas en comedores sociales, una vez examinada la solicitud, podrá requerir al interesado para que proceda a su subsanación.

En el caso de no presentar la documentación requerida en el plazo de diez hábiles, se tendrá por desistido al interesado de su solicitud.

Una vez examinada la solicitud y/o transcurrido el plazo previsto en el punto anterior, el órgano competente dictará resolución estimando o denegando la solicitud o procediendo al archivo de actuaciones.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Tres meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Servicios Sociales e Integración

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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