Descripción
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ReferenciaP44
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Descripción
Premios que reconocen la labor, éxitos y actitud innovadora de personas físicas que hayan estado vinculadas a lo largo de su carrera profesional a la Comunidad de Madrid y que hayan logrado impulsar e implantar de forma significativa la innovación tecnológica en el tejido productivo y empresarial, o lo estén haciéndolo en la actualidad. Las candidaturas las deben presentar terceras personas (físicas o jurídicas) sin vinculación directa con la persona propuesta.
Se convoca en 2023 su VI edición, en sus dos modalidades:
- A la trayectoria profesional personal continuada de personas mayores de 40 años.
- A jóvenes innovadores o innovadoras menores de 40 años.
En ambas modalidades, las bases tecnológicas de las innovaciones cuyo mérito se desee reconocer pertenecerán a cualquiera de las siguientes áreas tecnológico-empresariales:
- Área Nanotecnología, Materiales Avanzados, Tecnologías Industriales y del Espacio.
- Área Salud, Biotecnología, Agua y Agroalimentación.
- Área Energía, Medio Ambiente y Transporte (incluida Aeronáutica).
- Área Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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Más información
Calendario de actuaciones
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18/12/2023Concesión del Premio
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 06/10/2023 Fecha de fin: 06/11/2023
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas, que deseen proponer algún candidato a los Premios Fermina Orduña 2023, a la innovación tecnológica, en su doble modalidad de:
- Trayectoria profesional personal continuada de personas mayores de 40 años.
- Jóvenes innovadores o innovadoras menores de 40 años.
Requisitos
Requisitos
Los requisitos de las candidaturas se adecuarán a los siguientes aspectos:
- Podrán presentarse candidaturas de personas físicas impulsoras de la innovación tecnológica cuya carrera profesional haya estado de alguna forma vinculada a la Comunidad de Madrid y que hayan trabajado de forma meritoria y significativa en la implantación de tecnologías y resultados de la investigación científico-técnica en el tejido productivo y empresarial, potenciado de esta manera el progreso socioeconómico y la presencia de la cultura de la innovación tecnológica en el tejido productivo español.
- Las personas candidatas podrán ser propuestas por otras personas físicas o por entidades o personas jurídicas, pero, en ningún caso, relacionadas directamente con dicha candidatura a través de vínculos familiares o de dependencia laboral, comercial o de participación mercantil entre proponente y persona candidata. Las candidaturas deberán acompañarse de declaración responsable firmada por la persona proponente de la inexistencia de dichos vínculos.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Identificación de la persona física candidata, con indicación de datos profesionales, y especialidad (Currículum Vitae).
- Memoria descriptiva de méritos y resumen trayectoria profesional
- Documentación opcional: cartas de recomendación y de apoyo, etc.
- Anexo del proponente 1 (Anexo I en caso de persona física o Anexo II en caso de persona jurídica)
- Anexo del proponente 2 (Anexo I en caso de persona física o Anexo II en caso de persona jurídica)
- Anexo del proponente 3 (Anexo I en caso de persona física o Anexo II en caso de persona jurídica)
- En caso de más de 3 proponentes, documento relacionando los proponentes adicionales y anexos y documentación correspondiente a dichos proponentes adicionales
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE de los proponentes , y en su caso, de sus representantes legales
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Dotación y pago de los premios:
- Los premios consistirán en un galardón y una dotación de 42.000 euros para cada modalidad.
- En el caso de premiarse ex aequo más de una candidatura en alguna modalidad, el importe del premio se repartirá en partes iguales entre ellas.
Puedes consultar tus dudas dirigiéndote al correo electrónico innovacion@madrid.org
Tramitación
Una vez presentada la solicitud si no estuviera correctamente cumplimentada en todos sus términos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al proponente responsable para que, dentro del plazo improrrogable de diez días hábiles a partir de la recepción de la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, archivándose sin más trámite el expediente.
La evaluación de las candidaturas y las propuestas de concesión se llevará a cabo por un jurado, teniendo en cuenta los criterios especificados en las bases reguladoras, integrado por los siguientes miembros:
- Presidente: El subdirector General competente en materia de innovación tecnológica o persona que la sustituya.
- Vocales: De cuatro a seis profesionales de reconocido prestigio en el ámbito de la innovación tecnológica.
- Secretario: Un representante de la Dirección General competente en materia de investigación e innovación, designado por su titular, con voz pero sin voto.
En el plazo máximo de tres meses contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el jurado formulará las propuestas de concesión de los premios.
En el supuesto de que los miembros del jurado consideren que ninguna de las candidaturas presentadas reúne los méritos suficientes para la obtención de un premio, el jurado podrá proponer declarar desierto el premio.
El titular de la Consejería competente en materia de innovación resolverá mediante orden la convocatoria, de conformidad con las propuestas de concesión, y en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha límite de presentación de solicitudes
La orden de concesión se notificará a los galardonados y se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
La entrega de los premios se realizará en un acto público conjunto.
Tanto los galardonados como la Comunidad de Madrid podrán hacer publicidad de la concesión, especificando el año en que fueron premiados y la modalidad, así como difundir la concesión de los premios en cualquier medio de comunicación.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
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Orden 3542/2023, de 21 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2023 los Premios “Fermina Orduña”, de la Comunidad de Madrid, a la innovación tecnológica (BOCM nº 237, de 5 de octubre)
- Orden 28/2020, de 24 de marzo, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se modifica la Orden 3374/2018, de 13 de septiembre, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se crean los Premios “Fermina Orduña”, de la Comunidad de Madrid, a la Innovación Tecnológica y se establecen sus bases reguladoras (BOCM nº 87, de 11 de abril).
- Orden 3374/2018, de 13 de septiembre, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se crean los premios “Fermina Orduña” de la Comunidad de Madrid a la innovación tecnológica y se establecen sus bases reguladoras (BOCM nº 230, de 26 de septiembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).