Descripción
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Referencia4099231
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Descripción
Proceso para la participación en un curso de formación específica para la habilitación de personas asesoras y evaluadoras, en las siguientes cualificaciones profesionales (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
El procedimiento objeto de esta convocatoria está financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo Empleo, Formación y Educación del FSE 2014-2020
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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17/06/2021Corrección de errores de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas
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14/06/2021Calendario y organización del curso modificado. Para más información ver calendario y organización de la convocatoria del curso modificado en el apartado Documentación de Interés. Plazo para subsanar la falta o aportar los documentos preceptivos del 3 al 9 de junio de 2021.
Requisitos
- Podrán participar en el curso de formación las personas residentes en la Comunidad de Madrid o trabajadores de centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.1 c) del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, tengan experiencia de al menos cuatro años como: Profesionales expertos en la cualificación profesional que solicite.
- Los requisitos de participación deberán cumplirse en la fecha de publicación de la presente resolución.
- No podrán participar las personas habilitadas en el Registro Nacional del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en las cualificaciones profesionales relacionadas, ni las personas que hayan superado un curso de formación específica para ser habilitados como asesores y/o evaluadores por otra cualificación profesional, organizado por la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Normativa
- Resolución de la Directora General de Formación de 12 de mayo de 2021 por la que se convoca un curso de formación específica para la habilitación como personas asesoras y evaluadoras de unidades de competencia de determinadas cualificaciones profesionales (Ver sección Documentación de Interés).
- Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE nº 205, de 25 de agosto).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).