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Pendiente apertura plazo
- Fecha de inicio: 28/04/2023 Fecha de fin: 30/05/2023
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En plazo
- Fecha de inicio: 28/04/2023 Fecha de fin: 30/05/2023
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En tramitación
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Cerrado
Descripción
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ReferenciaE3145
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Descripción
Ingreso y accesos a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de formación profesional y adquisición de nuevas especialidades.
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TasaRequiere el pago de tasas
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BOCM de la convocatoria
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Número de plazas convocadas565
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Plazas convocadas
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590): 400 (acceso libre), 34 (reserva discapacidad), 23 (acceso subgrupo superior), 21 (acceso mismo subgrupo). Total: 478.
Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional (0598): 75 (acceso libre), 6 (reserva discapacidad), 0 (acceso subgrupo superior), 6 (acceso mismo subgrupo). Total: 87.
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Forma de acceso
Acceso libre, Promoción interna
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Sistema de selección
Concurso-oposición
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Más información
Calendario de actuaciones
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02/11/2023Lista provisional de admitidos y excluidos. Se abre plazo de alegaciones del 3 al 17 de noviembre de 2023
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 28/04/2023 Fecha de fin: 30/05/2023
Destinatarios
Aspirantes a ingresar en los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional.
Requisitos
- Nacionalidad:
- Tener la nacionalidad española.
- Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
- Ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores dentro de la Unión Europea.
- Ser familiar de un ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él.
- Tener cumplida la edad mínima de acceso a la función pública y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
- No padecer enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con el desempeño normal de las funciones correspondientes al Cuerpo y especialidad a que se opta.
- No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, por resolución judicial. Asimismo, los aspirantes no españoles, deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- No ser funcionario de carrera, o en prácticas, o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario del mismo Cuerpo al que se pretende ingresar, salvo que se concurra por el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades.
- Deberá acreditarse no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Los aspirantes deberán acompañar a su solicitud de participación la documentación acreditativa necesaria, la cual incluirá los requisitos de participación, así como los méritos referenciados en los Anexos V y VI de la convocatoria, según sea la modalidad de participación.
- Justificante de pago o exención de tasas.
- Documentación acreditativa del grado de discapacidad, en su caso, expedida por otras CCAA.
- Título académico oficial exigido en la convocatoria y que se alega como título de acceso.
- Declaraciones responsables de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- En aquellos casos en los que se consigne en la solicitud que se actuará por medio del representante se deberá aportar el documento por el que se otorga la representación.
Además, los aspirantes que no posean la nacionalidad española:
- Pasaporte / tarjeta de residente comunitario / visado / vínculo de parentesco.
- Declaración responsable de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena que impida el acceso a la Función Pública.
- Certificación negativa de condenas penales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del RD 1110/2015.
- Documentación justificativa de acreditación de conocimiento del castellano, en su caso.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI/NIE del solicitante.
- DNI/NIE del representante.
- Documentación acreditativa del grado de discapacidad expedida por la Comunidad de Madrid.
- Título acreditativo de la condición de familia numerosa.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
- Cursos inscritos en el Registro General de Formación Permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Normativa
- Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a los procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023 (BOCM nº 141, de 14 de junio)
- Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se corrigen errores en la Resolución de 20 de abril de 2023, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional (BOCM nº 101, de 29 de abril).
- Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional (BOCM nº 99, de 27 de abril).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).