Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que tienen el Cuerpo de policía local constituido.
Requisitos
- Tener plazas vacantes para el Cuerpo de policía local dotadas presupuestariamente e incluidas en la Oferta de Empleo Público.
- Presentar la solicitud de informe firmada por el órgano competente o la persona responsable.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Borrador de bases de convocatoria.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Coordinación de Policías Locales
- Dirección: Paseo del Río 1, Pozuelo de Alarcón
- Teléfono: 680233850
- Correo electrónico: area.coordinacion@madrid.org
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas
Normativa
- Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 224, de 20 de septiembre).
- Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 61, de 12 de marzo).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
- Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
- Dirección General de Seguridad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones se realizarán a través de la Oficina de Registro Virtual (ORVE).
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición.
Si todo es correcto, emitiremos el informe y se lo comunicaremos a la entidad solicitante.
Plazo de respuesta
El plazo de respuesta es de 15 días hábiles.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud