Descripción

  • Referencia
    3143634
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas
  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 134 de 5 de junio de 2019
  • Plazas convocadas

    Varias (Ver sección documentación de interés)

  • Sistema de selección

    Concurso de méritos

Requisitos

  1. Ser funcionario docente de carrera perteneciente a los cuerpos docentes no universitarios dependientes de la Comunidad de Madrid, ajustándose a los requisitos de Cuerpo y Especialidad de las plazas que soliciten. (Ver apartado Información relacionada)
  2. Estar en servicio activo.
  3. Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente.
  4. Haber impartido docencia directa o haber prestado servicios como funcionario de carrera, al menos, durante un período de cinco años en un centro escolar, en Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica o en Equipos de Atención Temprana.
  5. Estar impartiendo docencia directa o prestando servicios en un centro público educativo durante todo el curso 2018-2019 o haber desarrollado tareas de asesor de formación en un centro de la red de formación del profesorado en el curso 2018/2019.

Quedan excluidos los siguientes solicitantes:

  1. Los Asesores de Formación de los Centros Territoriales de Innovación y Formación y del Centro Regional de Innovación y Formación “Las Acacias” que hayan sido evaluados negativamente en los últimos cuatro cursos académicos anteriores a la publicación de esta convocatoria, de acuerdo con lo que se determina en el artículo 5 de la Orden 3890/2008, de 31 de julio, por la que se desarrolla el Decreto 73/2008, de 3 de julio, que regula el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.

Se podrá consultar el Baremo; Guion y los Criterios de evaluación del perfil profesional en la sección documentación de interés.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Documentación de interés

Plazas convocadas (Anexo I)
Descargar
65.92 KB
Guión para la elaboración del proyecto (Anexo III)
Descargar
60.64 KB
Baremo (Anexo IV)
Descargar
39.55 KB
Criterios de evaluación del perfil profesional (Anexo)
Descargar
61.45 KB

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar