Última actualización: 07/11/2024

Descripción

  • Referencia
    I34
  • Descripción

    Inscripción de la modificación de estatutos o de la junta de gobierno de los colegios profesionales y de consejos de colegios, que desarrollen su actividad exclusivamente en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Quedan excluidos los colegios profesionales de ámbito territorial superior al de la Comunidad de Madrid, que se inscriben potestativamente, en su caso, en la sección especial del Registro.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Destinatarios

Personas jurídicas, es decir, Corporaciones de derecho público.

Requisitos

  1. Estar inscrito en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid. 
  2. Acreditar legalmente la representación si la inscripción se solicita a través de representante.
  3. Abonar la tasa por inscripción registral en el Registro de Colegios Profesionales cuyo justificante de pago será aportado junto a la solicitud presentada.
  4. Acordar por los órganos competentes del colegio o consejo de colegios y según sus estatutos, la modificación de junta de gobierno o la de los estatutos.     
  5. Acordar por el órgano competente del Consejo General de Colegios y de acuerdo con sus estatutos la modificación estatutaria del colegio que se solicita inscribir.
  6. La acreditación de los acuerdos de modificación de junta de gobierno o de estatutos, exigirá la expedición de una certificación por el secretario del colegio con el visto bueno de su decano o presidente, firmándose por ambos, y conforme a lo establecido en sus estatutos.
  7. Los miembros de los órganos colegiales que acuerden la modificación de junta de gobierno o de estatutos, deberán tener su mandato en vigor y estar inscritos previamente en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid. Las inscripciones deberán realizarse según su tracto sucesivo.
  8. Los nuevos miembros de la junta de gobierno que se solicite inscribir deberán reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia de colegios profesionales y los expresamente recogidos en los estatutos generales, si existen, y particulares del colegio de que se trate, especialmente en relación con las condiciones de elegibilidad, y de no incompatibilidad establecidas.
  9. Los datos personales de los nuevos miembros de la junta de gobierno que se solicita inscribir deben coincidir exactamente con los datos que figuren en el DNI o en el NIF.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Inscripción de modificación de Estatutos:
    1. Certificación del Secretario del Colegio, con el visto bueno del Presidente/Decano, en el que conste el acto por el que se aprueba la modificación estatutaria, según estatutos vigentes inscritos, e indicando las razones de dicha modificación. 
    2. Certificación del Secretario del Consejo General de Colegios (si está constituido) con el visto bueno de su Presidente/Decano, en el que conste el acto por el que se aprueban los Estatutos colegiales o su modificación, indicando su justificación y la fecha del mismo.
    3. Estatutos colegiales en fomato pdf (sellados y firmados en todas sus hojas), así como en formato word (sin firmar), que incluyan las modificaciones estatutarias aprobadas.
    4. Justificante del abono de la tasa correspondiente.
  2. Inscripción de modificación de Junta de Gobierno:
    • Certificación del Secretario del Colegio Profesional o Consejo de Colegios, con el visto bueno del Presidente/Decano, en el que consten los cargos y nombres de los miembros que componen la nueva Junta de Gobierno, el acto por el que se renueva y la fecha del mismo, junto con la fecha de nombramiento y toma de posesión de dichos cargos.
  3. En ambos casos:
    1. Documento que acredite la representación para actuar en nombre de/la interesado/a (si se suscribe por el representante).
    2. Justificante del abono de la tasa correspondiente.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF de la corporación.
  2. NIF o/NIE del firmante de la solicitud.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:  

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud. 
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago. 
  3. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar. 
  4. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite dispones del correo electrónico: colegiosprofesionales@madrid.org

Documentación de interés

Instrucciones de cumplimentación del formulario
Descargar
40.83 KB

Tramitación

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, te pediremos que subsanes (corrijas) la falta o aportes los documentos preceptivos. Si no lo haces en el plazo de 15 días hábiles (lunes a viernes no festivos), contados desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, entenderemos que desistes de tu solicitud previa resolución expresa, y archivo de las actuaciones.

Si aportas la documentación requerida y tras la oportuna valoración de legalidad:

  1. Se elabora una memoria justificativa del expediente.
  2. Se dicta Orden del Consejero con competencias en materia de colegios profesionales, relativa a la inscripción. De dicha orden se da traslado al registro de órdenes de la Consejería.
  3. Se inscribe la modificación en el correspondiente Libro del Registro de Colegios Profesionales, si la valoración del expediente resulta favorable.
  4. Se notifica dicha orden al interesado o a su representante.
  5. En el supuesto de modificación de estatutos de los colegios profesionales de ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, se publican íntegros o parcialmente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Cuatro meses.

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 1/2001, de 29 de marzo , por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.
 

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Viceconsejería de Justicia y Víctimas
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar