Descripción

  • Referencia
    64384
  • Descripción

    Procedimiento administrativo para la tramitación de las instalaciones eléctricas industriales conectadas a una fuente de suministro en baja tensión, con objeto de garantizar un control en el cumplimiento de las condiciones de seguridad para su puesta en servicio.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

Requisitos previos

No podrá diligenciarse ningún Certificado de Instalación, ni obtener suministro provisional de energía eléctrica, si la instalación solicitada se encuentra en una, o más, de las siguientes circunstancias:

  1. Afecta a un proyecto o actividad sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, previstos en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid y el titular no cuenta con la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
  2. Afecta a un proyecto o actividad sometido a la autorización prevista en el artículo 13.2 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y el titular no cuenta con la correspondiente autorización.
  3. Afecta a un proyecto o actividad incluido entre los señalados en el artículo 13.4 del Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y el titular no cuenta con la correspondiente autorización.
    En cualquiera de las anteriores circunstancias, la posesión de la DIA o autorizaciones correspondientes, es un requisito previo a la construcción o ejecución de la instalación eléctrica, por lo que no podrá obtenerse suministro provisional de energía eléctrica en tanto no estén resueltos los requisitos previos.

Requisitos

El ámbito de aplicación del presente procedimiento abarca las instalaciones eléctricas de baja tensión de nueva construcción de los siguientes tipos de establecimientos, así como  sus modificaciones por ampliación / reducción de potencia, o los cambios de actividad en un establecimiento, en el que previamente exista una instalación eléctrica, que hagan necesario adaptarla a las nuevas condiciones del mismo:

Industrias (División A):

Entendiendo como tal las dedicadas a:

  1. Las actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados y, en su caso, las instalaciones que éstas precisen.
  2. Las actividades de generación, distribución y suministro de la energía y productos energéticos.
  3. Las actividades de investigación, aprovechamiento y beneficio de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos, cualquiera que sea su origen y estado físico.
  4. Las instalaciones nucleares y radiactivas.
  5. Las industrias de fabricación de armas y explosivos y aquéllas que se declaren de interés para la defensa nacional.
  6. Las industrias alimentarias, agrarias, pecuarias, forestales y pesqueras.
  7. Las actividades industriales relacionadas con el transporte y las telecomunicaciones.
  8. Las actividades industriales relativas al medicamento y a la sanidad.
  9. Las actividades industriales relativas al fomento de la cultura.

Entidades o agentes en materia de seguridad y calidad industrial (División C):

  1. Laboratorios de ensayo.
  2. Laboratorios de calibración.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Documento liquidación tasas (ejemplar para la Administración)
  2. Proyecto de Instalación Eléctrica
  3. Certificado de Dirección de Obra Eléctrica
  4. Memoria Técnica de Diseño
  5. Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión
  6. Certificado de Inspección por Organismo de Control
  7. Otra documentación que se considere oportuno (Indicar)

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
  3. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  4. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  5. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  6. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Descripción Tasa

En función del presupuesto del Proyecto eléctrico. Véase el apartado correspondiente.

En caso de que se aporte Memoria técnica de diseño, se abonará la tasa mínima.

Tramitación

Resolución del expediente

Estudio del expediente, requerimiento de aclaración o documentación complementaria, visita de inspección, en su caso.

Una vez aportada toda la documentación necesaria, se procederá al diligenciado del Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión, remitiéndoselo al titular junto con el Acta de Inscripción en el Registro Integrado Industrial, si procede.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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