Descripción
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Referencia65975
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Descripción
Procedimiento de solicitud de excepción al REBT (Real Decreto 842/2002), en el cumplimiento de prescripciones para la reforma de instalaciones eléctricas comunes de edificios destinados principalmente a viviendas.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Documentación a presentar
1. Formulario de solicitud de excepción al REBT (real decreto 842/2002)
2. Anexo a la solicitud de excepción al REBT: acuerdo de los interesados (obligatorio).
Adicionalmente, y cuando proceda, se presentará:
- Copia de documento que acredite poder de representación (última acta de Comunidad de Propietarios, …).
- Planos a escala adecuada de la planta donde se ubica la centralización anterior y de la nueva propuesta.
- Declaración responsable sobre la puerta que se instalará en la centralización, en la que consten las características de resistencia al fuego.
- Informe justificativo sobre la imposibilidad material de cumplir con las prescripciones del REBT.
- Declaración de conformidad del fabricante del armario con las normas UNE de aplicación.
En el supuesto de presentación de solicitudes por vía telemática, la documentación, de acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se podrá aportar al expediente con copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Resolución de 16 de abril de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se acuerda la reanudación de determinados procedimientos administrativos de su competencia, conforme a lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOCM nº 95, de 21 de abril).
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE nº 176, de 23 de julio) (Texto consolidado)
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 27/12/2013) (Texto consolidado).
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, (BOE 27/12/2000) (texto consolidado) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado mediante Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto (BOE de 18/09/2002).
- Resolución de 22 de octubre de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se publican modelos de impresos correspondientes al procedimiento de “Solicitud de excepción al REBT (Real Decreto 842/2002) para la reforma de instalaciones eléctricas comunes de edificios destinados principalmente a viviendas” (BOCM nº 64, de 17 de marzo de 2014)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).