Descripción
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ReferenciaD86
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Descripción
La persona titular del sitio donde se ha instalado un desfibrilador de uso externo fuera del ámbito sanitario debe comunicarlo a la autoridad sanitaria mediante una declaración responsable.
Aunque existen espacios o lugares donde es obligatorio instalar un desfibrilador de uso externo, se puede instalar en otros sitios de forma voluntaria. Ten en cuenta que debes realizar este trámite en ambos casos, sea o no obligatoria su instalación.
También es necesario comunicar cualquier variación de la situación del desfibrilador:
- Su retirada.
- La modificación de su ubicación.
- El cambio de su titularidad.
- Otros supuestos (por ejemplo, el cambio de número de teléfono de conexión con el teléfono de emergencias 112).
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Titulares de espacios o lugares donde se ha instalado un desfibrilador de uso externo fuera del ámbito sanitario:
- Personas físicas.
- Personas jurídicas.
- Organismos.
- Instituciones.
- Empresas públicas o privadas.
Requisitos
- Declarar la instalación de un desfibrilador de uso externo, así como su retirada, modificación de ubicación y cambio de titularidad en el plazo máximo de 15 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).
- Están obligadas a realizar dicha declaración:
- Las personas titulares de los siguientes espacios, donde es obligatorio instalarlos:
- Grandes establecimientos comerciales con una superficie superior a 2500 m2.
- Aeropuertos.
- Instalaciones de transporte.
- Establecimientos públicos con un aforo igual o superior a 2000 personas.
- Establecimientos dependientes de las Administraciones Públicas.
- Instalaciones, centros o complejos deportivos con más de 500 personas usuarias diarias.
- Establecimientos hoteleros con más de 100 plazas.
- Centros educativos.
- Centros de trabajo con más de 250 personas trabajadoras.
- Centros residenciales de personas mayores con 200 plazas.
- Las personas titulares de otros espacios o lugares que han decidido instalarlo de forma voluntaria.
- Las personas titulares de los siguientes espacios, donde es obligatorio instalarlos:
- Definir si la instalación del desfibrilador es temporal o permanente.
- Indicar en la declaración:
- Datos de la persona titular del desfibrilador.
- Tipo de declaración (instalación, retirada, modificación de ubicación, cambio de titularidad u otros supuestos).
- Tipo de instalación.
- Tipo de actividad.
- Datos de la persona de contacto para los servicios de emergencias en caso de utilización.
- Datos de la ubicación del desfibrilador.
- Datos del desfibrilador.
- Que asume los siguientes compromisos:
- Garantizar que el desfibrilador estará siempre en buen estado y operativo, manteniendo y conservando sus condiciones según las instrucciones del fabricante para su cuidado y mantenimiento.
- Identificar el desfibrilador con la señal universal recomendada por el Comité Internacional de Coordinación sobre Resucitación (ILCOR).
- Indicar de forma visible el número de emergencias 112 y colocar las instrucciones de uso de manera accesible.
- Incluir la ubicación del desfibrilador en los planos o mapas informativos, en caso de que existan.
- Antes de utilizar el desfibrilador, es necesario avisar a los Servicios de Emergencias llamando al 112 para que lo activen.
- Realizar la comunicación del uso del desfibrilador en un plazo máximo de 72 horas.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Presentación de solicitudes
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
- Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial, salvo que seas una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
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Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa Presentar presencialmente en oficina. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.
Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Unidad de Apoyo
- Dirección: calle Aduana, 29, 28013 Madrid
- Teléfono: 91 426 93 21; 91 586 70 68
- Correo electrónico: desfibriladores@salud.madrid.org
Normativa
- Decreto 78/2017, de 12 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la instalación y utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario y se crea su Registro (BOCM nº 219, de 14 de septiembre).
- Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario (BOE nº 80, de 2 abril).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).