Última actualización: 04/04/2024

Descripción

  • Referencia
    54866
  • Descripción

    La puesta en marcha de un servicio de atención social requiere la presentación ante la Administración de una comunicación, pudiendo iniciarse la actividad desde ese mismo momento. 

    El control del desarrollo del servicio y del cumplimiento de los requisitos exigidos para ello, se realiza a posteriori por la Administración.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Destinatarios

Entidades de servicios sociales que vayan a iniciar servicios de atención social.

Requisitos

Requisitos para la prestación del servicio

  1. Garantizar los derechos legalmente reconocidos a las personas usuarias. 
  2. Poner a disposición de las personas interesadas hojas normalizadas de reclamaciones, y disponer de un sistema de recogida de sugerencias. 
  3. Disponer de un registro de personas usuarias.
  4. En caso de cobrar precio por los servicios, deben ser comunicados a la Comunidad de Madrid.
  5. Facilitar a la Comunidad de Madrid la información que les sea requerida, así como permitir cualquier control e inspección, conforme a la normativa aplicable. 
  6. Contar con personal suficiente, con la titulación y experiencia necesaria, de acuerdo con el tipo de actividad y número de personas usuarias.
  7. Disponer de pólizas de seguro para la cobertura de riesgos en bienes o en las personas.
  8. Disponer de normas de régimen interior. 

Documentación a presentar

1.    Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
2.    Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Documento acreditativo de la representación.
  2. Si la entidad solicitante es una persona jurídica, Estatutos o documento fundacional equivalente, en el que conste el objeto y los fines sociales de la misma, acompañados del certificado o justificante de su inscripción en el registro administrativo correspondiente.
  3. Memoria explicativa de la actividad a desarrollar cumplimentada en el modelo normalizado 227FO1.
  4. Justificante del pago de la tasa (Modelo 030).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI/NIE de la persona interesada, y del representante de la entidad.
  2. Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad solicitante.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud. 
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago. 
  3. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  4. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: registro.social@madrid.org

Tramitación

La comunicación permite el inicio de la actividad comunicada desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección atribuidas al centro directivo competente.

La falta de inicio de la actividad en el plazo de un año desde la presentación de la comunicación determinará la caducidad de la misma.

La inexactitud, falsedad u omisión de cualquier dato, declaración o documento que figure en la comunicación, implicará la declaración de imposibilidad de continuar con la actividad comunicada. 
 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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