Descripción
-
Referencia59372
-
Descripción
Homologar los proyectos de acciones formativas habilitantes para ejercer las funciones de director de centros de servicios sociales, que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento por el que se regula el Registro de directores de centros de servicios sociales de la Comunidad de Madrid.
Destinatarios y/o requisitos
Entidades titulares de las acciones formativas.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Información Complementaria
Obligaciones del titular de las acciones formativas homologadas:
El incumplimiento de los requisitos mínimos que dieron lugar a la homologación de la acción formativa podrá dar lugar a la revocación de la misma, previa tramitación del correspondiente expediente justificativo.
El titular de la acción formativa homologada, una vez impartida la misma, entregará a los asistentes que hayan cumplido con los requisitos de asistencia y evaluación previstos en cada caso, un certificado de capacitación.
En el Certificado de capacitación se hará constar:
- En el anverso: los datos identificativos de la persona a que se refiera, el titular de la acción formativa y la resolución administrativa de homologación de dicha acción.
- En el reverso: el número de curso, año de impartición, la duración en horas del curso y el contenido del programa impartido.
Tramitación
- Una vez comprobados los contenidos de la acción formativa propuesta, en el plazo de dos meses desde la presentación de la solicitud de homologación, se emitirá la resolución correspondiente.
- La homologación de la acción formativa tendrá un período de validez de cinco años.
- Podrá solicitarse su renovación antes de la finalización de dicho plazo. La concesión de la renovación se sujetará a los mismos requisitos exigidos para la homologación y tendrá el mismo período de validez
- La Secretaría General Técnica de la Consejería con atribuciones en el ámbito de servicios sociales será el órgano competente para adoptar las resoluciones que sean procedentes en esta materia, que en todo caso podrán ser recurridas en alzada ante el titular de la Consejería de la que dependa conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Normativa
- Ley 11/2002, de 18 de diciembre, Ordenación de la Actividad de los Centros y Servicios de Acción Social y de Mejora de la Calidad en la Prestación de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 304 de 23 de diciembre).
- Decreto 226/2003, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Directores de Centros de Servicios Sociales de Iniciativa Privada de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 275 de 18 de noviembre).
- Resolución de 28 de agosto de 2012, por la que se aprueban los modelos de solicitud relacionados con la homologación de formación y el reconocimiento de las acciones formativas habilitantes para ejercer las funciones de Director de Centro de Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid y de solicitud de certificado de inscripción en el Registro de Directores de Centros de Servicios Sociales (BOCM nº 217, de 11 de septiembre)
- Resolución 2006/2022, de 10 de mayo, de la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación, por la que se establecen los criterios que han de regir el régimen de homologación y reconocimiento de acciones formativas habilitantes para desarrollar las funciones de director de centros de servicios sociales realizadas a distancia (BOCM nº. 112, de 24 de mayo).
Órgano responsable
Te puede interesar
Homologación e Inscripción de material de juego en el Registro del Juego
12 Mayo 2010Acreditación Profesional para la asistencia sanitaria en transportes medicalizados vía homologación
01 septiembre 2023- 03 junio 2019
- 24 abril 2014
- 22 agosto 2012
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).