Descripción
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ReferenciaA557
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Descripción
Subvención a entidades sin fines de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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22/11/2024Resolución de la convocatoria
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15/11/2024Subsanación de la propuesta de resolución definitiva
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06/11/2024Propuesta de resolución definitiva de concesión y denegación
Se abre plazo para la aportación de documento de aceptación del 7 al 13 de noviembre de 2024.
La presentación de documentación de aceptación se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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17/10/2024Propuesta de resolución provisional de concesión y denegación
Se abre plazo de alegaciones del 18 al 31 de octubre de 2024.
Se abre plazo de presentación de memorias adaptadas del 18 al 24 de octubre de 2024.
La presentación de alegaciones y memorias adaptadas se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 27/05/2024 Fecha de fin: 07/06/2024
Destinatarios
Entidades sin ánimo de lucro.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro.
- Carecer de fines de lucro.
- Garantizar la democracia interna en la composición de sus órganos de gobierno cuando se trate de asociaciones.
- Sus fines institucionales deberán ajustarse a la finalidad para la que se solicita la subvención y ser acordes con el contenido del proyecto presentado y con el sector de población al que van dirigidos.
- Estar inscritas en el Registro de entidades, centros y servicios de acción social de la Comunidad de Madrid como titular de un servicio de acción social en cualquiera de las tipologías y sectores de atención que se especifica en función de los grupos de población a los que se dirige la actividad. La acreditación de este requisito se realiza de oficio por la administración.
- Sectores de atención
- 2.1.8. Presos y ex reclusos.
- 2.1.9. Minorías étnicas.
- 2.1.10. Personas sin hogar.
- 2.1.12. Refugiados y asilados.
- 2.1.15. Otros grupos en situación de necesidad.
- Tipología de servicio:
- 3.1.6. Prevención e inserción social.
- 3.1.8. Otras prestaciones y servicios.
- Sectores de atención
- No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. La acreditación de este requisito se realizará de oficio por parte de la Consejería.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable, lo cual se acreditará con la presentación de certificados expedidos por el órgano de la administración competente.
- No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a establecidas en la normativa de subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone al Responsable de Tratamiento la normativa vigente, en particular, en lo relativo a los datos especialmente protegidos y al ejercicio de los derechos por los titulares de los datos.
- Haber suscrito y tener en vigor un contrato de seguro de responsabilidad civil general, así como de accidentes de participantes y de voluntariado, en su caso. Este requisito se acreditará con las respectivas pólizas de seguros y su justificante de pago.
- Incluir, como mínimo, las siguientes actuaciones, que se consensuarán con la persona beneficiaria:
- Valoración de necesidades.
- Información y orientación.
- Desarrollo de habilidades personales, sociales y/o laborales, mediante tutorías individuales o grupales.
- En caso de proyectos de Integración dirigidos a personas sin hogar o jóvenes en grave exclusión:
- Deberán contemplar, al menos, una de las siguientes actuaciones complementarias:
- Cobertura de necesidades básicas como aseo, alojamiento y comedor, en los casos de mayor vulnerabilidad social, en los que esta carencia pueda ser un impedimento para la integración de las personas beneficiarias en el mercado laboral.
- Mantenimiento de pisos que proporcionen alojamiento temporal.
- Actividades de acogida y acompañamiento en centros de día de baja y media exigencia.
- Podrán contemplar:
- Acompañamiento social en el acceso a la vivienda, empleo, salud, educación y servicios sociales.
- Actividades de educación social de calle.
- Actividades de alfabetización digital y activación social que favorezcan los procesos de inserción sociolaboral.
- Deberán contemplar, al menos, una de las siguientes actuaciones complementarias:
- Cumplir los requisitos previstos en el Reglamento de la Renta Mínima de Inserción.
- Estar dirigidos a personas en edad laboral, que estén en situación o riesgo de exclusión social grave o moderada, tales como, personas sin hogar, población gitana, población reclusa y exreclusa, población LGTBI y población inmigrante todos ellos en situación de dificultad social, y que precisen de apoyos personalizados para la inserción social y laboral.
- Incluir medidas que garanticen la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todas las acciones, La perspectiva de género debe estar presente desde el principio hasta el fin del proyecto, de manera transversal en cada una de las fases, es decir, en su diagnóstico, en la formulación de objetivos y planificación de actuaciones, en su ejecución y en su seguimiento y evaluación.
- Incluir en las acciones actividades, módulos o tareas dirigidas a potenciar el respeto al medio ambiente, desarrollando en las personas participantes habilidades y formación sobre desarrollo sostenible y fomento de la protección y mejora de la biosfera.
- Prever actuaciones específicas dirigidas a participantes que pertenezcan a población inmigrante con el fin de combatir la discriminación y promover la igualdad de oportunidades.
- Al menos el 50 por 100 de los participantes deben ser titulares de alguno de los derechos reconocidos en la Ley de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid o cualesquiera otras prestaciones económicas de análoga naturaleza cuyo fin sea la cobertura de las necesidades básicas.
- Personas titulares de un Programa Individual de Inserción
- Personas integrantes de una unidad de convivencia perceptora de RMI o de aquellas en las que existiendo una solicitud de la citada prestación no haya recaído una resolución denegatoria o de archivo.
- Las entidades solicitantes podrán pedir la exención de este requisito cuando existan razones fundamentadas derivadas del perfil de las personas participantes a quienes se dirige el proyecto, mediante petición razonada que se adjuntará a la solicitud.
- En caso de que desarrollen sus actividades en varios distritos del municipio de Madrid y/o en varios municipios y mancomunidades de servicios sociales, deberán hacerlo como máximo en cuatro de estas divisiones territoriales. Cuando una misma entidad solicite subvención para dos proyectos distintos, sus respectivos ámbitos territoriales no podrán pertenecer a la misma Área de Servicios Sociales. Estas Áreas se corresponderán con la zonificación de Servicios Sociales vigente en el momento de la solicitud.
- Tener una duración máxima de doce meses.
- Iniciar sus actuaciones en el año 2024.
- La fecha de finalización del proyecto, que determinará el fin del periodo subvencionable, será la que establezca cada entidad en su solicitud, sin exceder en ningún caso del 31 de diciembre de 2024.
En ningún caso, una entidad podrá simultanear la ejecución de más de un proyecto en la misma Área de Servicios Sociales, incluso cuando pertenezcan a distintas convocatorias.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la personalidad jurídica de la entidad, mediante copia de los estatutos o reglas fundacionales debidamente legalizados y actualizados.
- Certificado exención de declaración del IVA (en su caso).
- Certificado de la representación legal y documentación acreditativa ( poder notarial, acuerdo junta directiva, consejo de administración, etc.) en el caso de que en los estatutos no aparezca (Anexo II).
- Memoria general de la entidad (Anexo I).
- Memoria del proyecto (Anexo III).
- Declaración responsable sobre cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor (Anexo IV).
- Último pago o certificado que acredite la exención del pago del IAE.
- Declaración responsable del representante legal de la entidad de no haberse dado de baja en el IAE.
- Declaración responsable del responsable del tratamiento de datos de la entidad beneficiaria y registro de las actividades de tratamiento de datos personales vinculados a la subvención (Anexo V).
- Declaración responsable del representante legal de la entidad de que ha solicitado o es beneficiaria de otras ayudas para el mismo objeto o finalidad, indicando que la suma de éstas no supera en ningún caso el importe de la actividad subvencionada, comunicando con carácter inmediato la obtención de otras ayudas, en consonancia con los artículos 19 y 21 de las Bases Reguladoras.
- Acreditación documental de la especialización en la atención a personas sin hogar y/o jóvenes en situación de exclusión social grave.
- Contrato de seguro de responsabilidad civil y su justificante de pago.
- Seguro de accidentes de los participantes si el proyecto incluye acciones formativas y su justificante de pago.
- Seguro de accidentes del voluntariado cuando este personal participe en actividades relacionadas con el proyecto y justificante de pago.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.
- DNI/NIE del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social SS (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para dudas y consultas sobre este trámite, puedes contactar a través del correo electrónico: proyectos.fseuropeo@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Una vez terminado el plazo de presentación de la solicitud, se examina la misma junto con la documentación aportada.
Se realiza un requerimiento de subsanación de las deficiencias o se solicita la documentación que no se ha aportado.
Para presentar la documentación solicitada en el requerimiento se da el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos).
Si no se solventan las incidencias, se deniega la subvención.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses.
Normativa
- Extracto de la Orden 1516/2024, de 10 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, con cargo a los presupuestos del año 2024 y cofinanciadas al 40 % por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Programa FSE Plus 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad de Inclusión Social, Objetivo específico h (BOCM nº 123, de 24 de mayo).
- Orden 1516/2024, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001 de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, con cargo a los presupuestos del año 2024 y cofinanciadas al cuarenta por ciento por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Programa FSE Plus 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad de Inclusión Social, Objetivo específico h.
- Orden 2261/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas al 40 por 100 por el Fondo Social Europeo, en el marco del Programa FSE Plus 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad de Inclusión Social, Objetivo específico h. (BOCM 26 de julio de 2023)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).