Descripción
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Referencia77624
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Descripción
Procedimiento para renunciar a la reducción en el precio del arriendo destinado a los arrendatarios de una vivienda de la Agencia de Vivienda Social a los que se les ha ofertado la opción de compra de la vivienda.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
- Haber sido beneficiario de la concesión de la reducción de renta por el arrendamiento de una vivienda de la Agencia de Vivienda Social.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para más información sobre reducción de renta, pinche en el siguiente enlace: Más información
Tramitación
Una vez recibida la solicitud de renuncia a la reducción por ejercicio del derecho de compra de la vivienda se comprobará la documentación aportada.
Si reúne los requisitos, se notificará la autorización. Posteriormente, deberá proceder a devolver el importe de las reducciones disfrutadas en los últimos 3 años, de conformidad con el art.6.2 de la Orden de 4 de febrero de 1999 por la que se desarrolla el Decreto 226/98 de 30 de diciembre regulador de la reducción del precio de la renta de las viviendas administradas por el IVIMA, modificado por el Decreto 230/00 de 19 de octubre.
Normativa
- Resolución 197/2017, de 3 de febrero, de la Directora-Gerente de la Agencia de Vivienda Social, por la que se publican los modelos de solicitud de los procedimientos denominados “Solicitud de locales para emprendedores”, “Abono gastos comunidad”, “Devolución fianzas arrendamiento (viviendas agencia)”, “Renuncia reducción por compra”, “Asociaciones sin ánimo de lucro”, “Elevación a público de inmuebles”, “Solicitud plazas de garaje arrendamiento o venta”, “Cambio de régimen inmuebles” y “Renuncia inmuebles” (BOCM nº 44, de 21 de febrero)
- Decreto 226/1998, de 30 de diciembre, por el que se regula la reducción en el precio de la renta de las viviendas administradas por el Instituto de la Vivienda de Madrid y el artículo 6, número 2 de la Orden de 4 de febrero de 1999.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).