Descripción
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ReferenciaA817
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Descripción
Ayudas a la cooperación de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas en la Comunidad de Madrid, en la fase de ejecución de proyectos.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 11/07/2025 Fecha de fin: 11/08/2025
Personas destinatarias
Agrupaciones de al menos tres personas, físicas o jurídicas independientes entre sí incluidas las Administraciones Públicas, que se organicen en una agrupación para la constitución de un grupo operativo de la AEI-Agri y constituidas como entidad jurídica o no, para la preparación de uno o más proyectos dirigidos a la modernización del sector agroalimentario y forestal.
Los integrantes del grupo operativo podrán ser:
- Del sector agroalimentario y forestal: productores agrarios y forestales y sus agrupaciones o asociaciones, empresas o industrias del sector agroalimentario y forestal y sus agrupaciones o asociaciones, cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, comunidades de regantes.
- Del sector investigador o del conocimiento, personal investigador, personal tecnólogo, universidades, centros de tecnología, entidades de I+D+I, personal asesor o entidades de asesoramiento, plataformas tecnológicas, centros de investigación y experimentación, entre otros.
- Otros: organizaciones no gubernamentales, grupos de acción local o cualquier otro actor que desempeñe un papel relevante en la ejecución del proyecto.
Requisitos
- Las personas físicas o jurídicas integrantes del grupo operativo serán siempre la agrupación beneficiaria.
- Disponer de un documento vinculante o acuerdo de asociación.
- Todos los miembros de la agrupación tendrán la consideración de beneficiarios de la subvención, por lo que, de forma individual, cada uno de ellos, deberá reunir los requisitos necesarios para acceder a la condición de beneficiario establecidos a excepción de los requisitos recogidos en el punto 7 que, bastará con que lo cumpla al menos uno de sus integrantes.
- Todos los miembros de la agrupación serán responsables solidariamente respecto del conjunto de actividades subvencionadas a realizar por la agrupación, incluyendo la obligación de justificar, el deber de reintegro y las responsabilidades por infracciones.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas.
- No concurrir en alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
- Contar con la participación en el Grupo Operativo de:
- Una persona o entidad del sector agrícola, ganadera o silvicultora, o sus asociaciones, en representación del primer eslabón (sector productivo) de la cadena de valor agroalimentaria o forestal.
- Una entidad cuya principal actividad sea la I+D o innovación.
- Estar formados por al menos tres entidades con personalidad física o jurídica diferenciada que no tengan relaciones orgánicas o funcionales entre sí.
- Nombrar un representante o apoderado único del Grupo Operativo.
- Establecer la figura del coordinador del Grupo Operativo. Esta figura podrá o no coincidir con el representante o apoderado único de la agrupación beneficiaria.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
Respecto de la agrupación:
- Datos de los miembros (Anexo II).
- Acuerdo de asociación o Documento vinculante (Anexo III).
- Declaraciones responsables de cada miembro de la asociación que incluirá la no oposición o autorización a las consultas de datos necesarios (Anexo IV).
- Memoria del proyecto innovador.
Si la agrupación tiene personalidad jurídica propia:
- Escrituras de constitución.
- Listado actualizado del número de socios.
- Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria.
- Documentación acreditativa de su representación, en su caso.
Respecto de cada uno de los miembros de la agrupación:
- Si es una persona física:
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, en caso de autónomos.
- Declaración censal, en caso de autónomos.
- Si pertenece al sector primario, a la industria asociada o a la industria agroalimentaria, documentación que lo acredite.
- Si su principal actividad es la I+D o innovación, documentación que lo acredite.
- Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria. (solo si es representante de la agrupación).
- Documentación acreditativa de su representación, en su caso.
- Si es una persona jurídica o una entidad sin personalidad jurídica:
- Escrituras de constitución o documento de constitución en el que consten todas las cuotas de participación.
- Listado actualizado del número de socios, en su caso.
- En su caso, último recibo del Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) o certificado de exención.
- Si pertenece al sector primario, a la industria asociada o a la industria agroalimentaria, documentación que lo acredite.
- Si su principal actividad es la I+D o innovación, documentación que lo acredite.
- Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria. (solo si es la representante de la agrupación).
- Documentación acreditativa de su representación, en su caso.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF o NIE de la persona física (solicitante).
- NIF de la persona jurídica.
- NIF o NIE del representante, en su caso.
- Certificado de la TGSS de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Gestión Administrativa
- Dirección: Calle Alcalá, 16. Planta Baja
- Correo electrónico: coordinacion.agricultura@madrid.org
- Teléfono: 914383019
- Horario de atención al público: 09:00 a 16:00 horas.
Documentación de interés
Tramitación
Una vez las solicitudes y la documentación adjunta lleguen a la Unidad Tramitadora, se examinará y en los casos necesarios se enviará requerimiento para subsanación de las solicitudes dando un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) para responder. Si no se subsanara la solicitud o estuviera incorrecta no se seguiría con la tramitación de la ayuda.
Una vez valoradas e informadas las solicitudes se dictará Orden de concesión que será comunicada a los beneficiarios individualmente y por medios electrónicos.
Igualmente se comunicará individualmente y por medios electrónicos la desestimación o en su caso, el desistimiento de las solicitudes que no resulten concesionarias de la ayuda.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Normativa
- Extracto de la Orden 2709/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establece la convocatoria para 2025 de la fase de ejecución de proyectos de las ayudas a la cooperación de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 (BOCM nº 163, de 10 de julio).
- Orden 1945/2024, de 3 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la cooperación de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 (BOCM nº 143 de 17 de junio).
Órgano Responsable
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Ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) 2023-2027.
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).